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03/Feb/09 20:32
Orden de Pago cuando una empresa va a cerrar

Buenas Noches,

Me gustaría saber si por favor me pueden indicar cual sería el orden en que se tiene que efectuar el pago, en virtud de que una empresa decide cerrar.

Tengo entendido que para cerrar primero se deberá pagar:

Nominas
Proveedores
Acreedores
Impuestos

En que ley se puede fundamentar esto.

Gracias
 
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rzepedap
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03/Feb/09 21:12
Re: Orden de Pago cuando una empresa va a cerrar

rzepedap:
...En que ley se puede fundamentar esto..


En la Ley de Concursos Mercantiles, en los Arts. 217 al 228, puedes encontrar información.



Saludos
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
General de Brigada

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04/Feb/09 19:47
Re: Orden de Pago cuando una empresa va a cerrar

Mi estimadpo Chavalon como siempre muchas gracias por tu ayuda, pero me gustaría que por favor me indicaras cual sería el orden, ya que una vez que lei los articulos antes mencionados, me confundo más.

Saludos
 
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rzepedap
Cabo

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04/Feb/09 21:01
Re: Orden de Pago cuando una empresa va a cerrar

rzepedap:
....cual sería el orden..........


De hecho la propia Ley no lo establece muy claramente, sin embargo relacionando con otras se puede considerar el siguiente orden:

1.-Adeudos laborales con los trabajadores del último año:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 123

XXIII. Los créditos en favor de los trabajadores por salario o sueldos devengados en el último año, y por indemnizaciones, tendrán preferencia sobre cualquiera otros en los casos de concurso o de quiebra.

2.-Acreedores con garantía real o singularmente priviligiados.
Arts. 217,218 y 219 Ley de Concursos Mercantiles.

3.-Adeudos Fiscales
Art. 221 Ley de C.M.

4.-Adeudos laborales devengados con anterioridad a un año.
Art. 221 Ley de C.M.

5.-Acreedores Comunes.
Art. 222 Ley de C.M.

6.-Los accionistas en caso de ser P.M.

LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES

Artículo 243.- Ningún socio podrá exigir de los liquidadores la entrega total del haber que le corresponda; pero sí la parcial que sea compatible con los intereses de los acreedores de la sociedad, mientras no estén extinguidos sus créditos pasivos, o se haya depositado su importe si se presentare inconveniente para hacer su pago.

.......

Ese es el orden que puede interpretetarse según el Art. 221:
Artículo 221.- Los créditos laborales diferentes de los señalados en la fracción I del artículo 224 y los créditos fiscales se pagarán después de que se hayan cubierto los créditos singularmente privilegiados y los créditos con garantía real, pero con antelación a los créditos con privilegio especial.

En caso de que los créditos fiscales cuenten con garantía real, para efectos de su pago se estará a lo dispuesto en el artículo 219 de esta Ley hasta por el importe de su garantía, y cualquier remanente se pagará en los términos del primer párrafo de este artículo.



Saludos











Editado: Febrero 04, 2009 21:17:52
 
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CHAVALON
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04/Feb/09 22:57
Re: Orden de Pago cuando una empresa va a cerrar

1.- De conformidad a la LFT los trabajadores no tiene por que entrar al concurso mercantil o quiebra, por eso irian en primer grado para ser liquidadas sus obligaciones.

2.- Son 2 procedimientos distintos la quiebra o el concurso mercantil

3.- En su segundo grado, estarian los acredores o proveedores que tendrian garantias colaterales.

4.- Los impuestos serian segundo o tercero, dependiendo de los tiempos de sus causaciones.

5.- Luego el resto de los acreedores, conforme hayan entrado al procedimiento

6.- En su ultima estapa lo que quede le correponderia a sus accionistas o incluso en algunas sociedades tendrian que absorver perdidasEditado: Febrero 04, 2009 22:59:10
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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