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24/Ene/09 12:57
CAPITALIZACION DELGADA

Buenas tardes foristas, no conozco el tema de capitalizacion delgada.

Me pueden ayudar a entender
Que se entiende por capitalizacion delgada?
Capitalzación delgada art 32 fracc XXVI, contraidas con partes relacionadas.
Como se contabiliza?
Hay que informar al SAT, en caso de que se conatbice como aportaciòn de capital, (en monto es de 100,000.00 euros)
Existen articulos o libros que hablen de este tipo de financiamiento?

Gracias Foristas

Petrus
 
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Petrus
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26/Ene/09 07:59
Re: CAPITALIZACION DELGADA

Si la deuda se origino hasta antes de 2008 no existe la obligacion de presentar aviso al SAT,aun cuando lo capitalices en este ejercicio ,respecto a los intereses, podran deducirse siempre y cuando se pague la retencion de impuesto que establezca la propia ley, y de ser condonados, seran ingresos acumulables en el ejercicio que ocurra.



Saludos cordiales.
 
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RobertoFloresE
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