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19/Ene/09 20:26
Nómina IETU (foranea)

Tengo una duda espero me puedan apoyar, una PM mexicana tiene una planta de producción en un país de sudamérica, en esta planta labora personal de dicho país, la PM mexicana paga la nómina de esa planta, ¿¿es deducible o acreditable para IETU??
 
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20/Ene/09 00:11
Re: Nómina IETU (foranea)

Tax-ista:
.....una PM mexicana tiene una planta de producción en un país de sudamérica, en esta planta labora personal de dicho país, la PM mexicana paga la nómina de esa planta, ¿¿es deducible o acreditable para IETU??


Si la empresa mexicana les retiene y entera el ISR de acuerdo al Art. 113 de LISR y las aportaciones de seguridad social las entera al IMSS aquí en México, si se pueden considerar para efectos del acreditamiento:

LIETU

Artículo 10.

Por las erogaciones efectivamente pagadas por los contribuyentes por los conceptos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como por las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en México, los contribuyentes acreditarán la cantidad que resulte de multiplicar el monto de las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en el periodo al que corresponda el pago provisional y los ingresos gravados que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta de cada persona a la que se paguen ingresos por los conceptos a que se refiere el citado Capítulo I en el mismo periodo, por el factor de 0.175. El acreditamiento a que se refiere este párrafo deberá efectuarse en los términos del tercer párrafo de este artículo.

Lo dispuesto en el párrafo anterior, será aplicable siempre que los contribuyentes cumplan con la obligación de enterar las retenciones a que se refiere el artículo 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta o tratándose de trabajadores que tengan derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se entreguen las cantidades que por dicho subsidio corresponda a los trabajadores.



Saludos
 
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20/Ene/09 08:39
Re: Nómina IETU (foranea)

chavalon


los trabajadores no son mexicanos, no son residentes en méxico, ni tienen su centro vital de intereses aquí y por lo mismo no pagan impuestos mexicanos


Tengo una duda espero me puedan apoyar, una PM mexicana tiene una planta de producción en un país de sudamérica, en esta planta labora personal de dicho país, la PM mexicana paga la nómina de esa planta, ¿¿es deducible o acreditable para IETU??



gracias
 
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20/Ene/09 10:59
Re: Nómina IETU (foranea)

Tax-ista:
los trabajadores no son mexicanos, no son residentes en méxico, ni tienen su centro vital de intereses aquí y por lo mismo no pagan impuestos mexicanos


Entonces esas nóminas no son objeto de acreditamiento para el IETU.



Saludos
 
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CHAVALON
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20/Ene/09 11:27
Re: Nómina IETU (foranea)

y de deducción???
 
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09/Feb/09 12:28
Re: Nómina IETU (foranea)

alguien tiene algúnn comentario????
 
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09/Feb/09 12:59
Re: Nómina IETU (foranea)

Es que debe definirse qué tipo de pago o de operacion, estaria realizando la compañia mexicana.

Pagos por nóminas. Si es por esta via, tome las consideraciones del compañero CHAVALON.

Pero, me parece muy poco probable esta via de pago
¿Y el IMSS tambien le corresponde cubrirse? Solicite el contrato de la operacion, para su mejor comprension al respecto.


O pago por servicios. Debe seguirse las reglas como una deduccion del art 5 y 6 LIETU
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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09/Feb/09 16:40
Re: Nómina IETU (foranea)

¿por qué te parece poco probable la 'vía de pago'?

¿y a qué te refieres con el contrato de operación?
 
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09/Feb/09 17:39
Re: Nómina IETU (foranea)

Tengo una duda espero me puedan apoyar, una PM mexicana tiene una planta de producción en un país de sudamérica, en esta planta labora personal de dicho país, la PM mexicana paga la nómina de esa planta, ¿¿es deducible o acreditable para IETU??


Indicas que la segunda compañia (la subsidiaria) tiene su propio personal. A lo que atribuyo que no son nominas de la compañia mexicana. No son sus trabajadores. Entonces, no debe retener ISR por salario (mexicano) a los empleados de la compañia subsidiaria extranjera.

Repito, infórmate bien por tu cuenta, ¿qué es lo que facturaria la compañia sudamericana a la compañia mexicana?

Cuando una compañia le paga a otra, casi siempre, no son nominas. Si no hay un bien de por medio, es que hay un servicio que se cubriría. Y no solo a nivel internacional, si no tambien en el ambito general.

Tu dices que son nominas, en base a mi experiencia considero que no es asi.

Pero, finalmente quien tiene los ases, los dimes y diretes, están por tu lado.... Acá no tenemos nada significativo.
 
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09/Feb/09 23:52
Re: Nómina IETU (foranea)

Enrique


¿Por qué SUPONES que es una empresa subsidiaria?


Voy a repetir lo que tu destacaste en tu post



Tengo una duda espero me puedan apoyar, una PM mexicana tiene una planta de producción en un país de sudamérica, en esta planta labora personal de dicho país, la PM mexicana paga la nómina de esa planta, ¿¿es deducible o acreditable para IETU??





Aclaro NO SON DOS EMPRESAS, es una PM Mexicana, que tiene personal en otro país, ese personal no es residente en méxico, no tien su centro vital de intereses en territorio nacional, no paga impuestos mexicanos y tampoco IMSS




Tu dices que son nominas, en base a mi experiencia considero que no es asi.

Pero, finalmente quien tiene los ases, los dimes y diretes, están por tu lado.... Acá no tenemos nada significativo.







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