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24/Dic/08 10:24
Cancelacion de credito IMSS ya cancelado

Tengo una duda..

Tenemos dos requerimientos del IMSS del mes de marzo y abril que fueron notificados el 20 de agosto, el dia 28 de agosto realizamos el pago de dos personas que tuvieron diferencias de ambos meses. El dia 29 de agosto fuimos al IMSS a aclarar y a cancelar los requerimientos y nos pusieron el sello de cancelacion en la diferencia y en la multa. ( cabe mencionar que vienen diferencias de las cuotas patronales por lo del beneficio del 5 % de todos los empleados)

El dia de ayer nos vuelven a emitir requerimientos de los meses de marzo y abril y mayo:
*En el mes de marzo nos requieren pagar el 5 % de todo los asegurados del mes y no vienen las diferencias que pagamos el dia 28 de agosto.
*En el mes de abril nos requieren pagar el 5 % de todos los asegurados del mes y SI vienen las 2 diferencias que pagamos el dia 28 de agosto
*Y aparte nos requieren el 5 % del mes de mayo.

Nos estan requiriendo los meses de marzo y abril debido a que despues de notificarnos realizamos pagos de diferencias y que NO debieron habernos cancelado los requerimientos, y estos nuevos requerimientos vienen las mismas diferencias de los anteriores ( tienen diferente numero de credito pero el mismo monto de las diferencias de cada asegurado). Saben algo de que si ya se tiene el sello de cancelado el requerimiento y nos vuelven a requerir lo mismo, podemos defendernos? En que parte de la ley dice lo anterior, para poder demostrar que no nos pueden requerir las mismas diferencias que ya fueron canceladas.( sin emitir juicios ni Recursos de Inconformidad)


Y nos requieren el 5 % del mes de mayo, debido a que desde el mes en que hay diferencias proceden a requerirnos los meses siguientes.. Es decir, la diferencia fue en marzo, nos van a requerir el 5 % desde el mes de marzo al dia de hoy ( marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, sept, octubre, noviembre), o si la diferencia fue en julio, nos van a requerir la diferencia del 5 % desde el mes de julio al dia de hoy ( julio, agosto, sept, octubre, noviembre)

Tengo entendido que si tenemos creditos fiscales en firme no tenemos derecho al beneficio del 5 %.. y tengo entendido que un credito fiscal en firme es cuando pasa 15 dias habiles despues de la fecha de notificacion y nosotros pagamos 6 dias habiles despues.

Ojala me pudieran apoyar

Gracias
 
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24/Dic/08 19:59
Re: Cancelacion de credito IMSS ya cancelado

:neutral: Buenas nopches. En mi opinión, el credito fiscal firme, es cuando ya está notificado.

Salu2,
El Lic.

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=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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28/Dic/08 16:00
Re: Cancelacion de credito IMSS ya cancelado

Tengo una duda..

Tenemos dos requerimientos del IMSS del mes de marzo y abril que fueron notificados el 20 de agosto, el dia 28 de agosto realizamos el pago de dos personas que tuvieron diferencias de ambos meses. El dia 29 de agosto fuimos al IMSS a aclarar y a cancelar los requerimientos y nos pusieron el sello de cancelacion en la diferencia y en la multa. ( cabe mencionar que vienen diferencias de las cuotas patronales por lo del beneficio del 5 % de todos los empleados)

Veamos medio lento lo anterior.

Al momento de aplicar su descuento ¿tenía o no, requerimientos en firme?... Hasta el 20 de agosto 2008, si... ¿verdad? 9 días despues, ya no. ¿verdad?



El dia de ayer nos vuelven a emitir requerimientos de los meses de marzo y abril y mayo:
*En el mes de marzo nos requieren pagar el 5 % de todo los asegurados del mes y no vienen las diferencias que pagamos el dia 28 de agosto.
*En el mes de abril nos requieren pagar el 5 % de todos los asegurados del mes y SI vienen las 2 diferencias que pagamos el dia 28 de agosto
*Y aparte nos requieren el 5 % del mes de mayo.

Nos estan requiriendo los meses de marzo y abril debido a que despues de notificarnos realizamos pagos de diferencias y que NO debieron habernos cancelado los requerimientos, y estos nuevos requerimientos vienen las mismas diferencias de los anteriores ( tienen diferente numero de credito pero el mismo monto de las diferencias de cada asegurado). Saben algo de que si ya se tiene el sello de cancelado el requerimiento y nos vuelven a requerir lo mismo, podemos defendernos? En que parte de la ley dice lo anterior, para poder demostrar que no nos pueden requerir las mismas diferencias que ya fueron canceladas.( sin emitir juicios ni Recursos de Inconformidad)

¿Y es su culpa que el personal del IMSS, realice actos inapropiados?

Considero, mas bien que el IMSS, realizo lo que tenia que hacer. Cancelar el requerimiento (del 20 de agosto), puesto que se le dio cumplimiento, de no ser asi, entonces estaria mal avalarlo como lo hizo el propio IMSS.


Y nos requieren el 5 % del mes de mayo, debido a que desde el mes en que hay diferencias proceden a requerirnos los meses siguientes.. Es decir, la diferencia fue en marzo, nos van a requerir el 5 % desde el mes de marzo al dia de hoy ( marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, sept, octubre, noviembre), o si la diferencia fue en julio, nos van a requerir la diferencia del 5 % desde el mes de julio al dia de hoy ( julio, agosto, sept, octubre, noviembre)

Pues, bien el IMSS puede requerir lo que desee, por su parte ahora le vendria bien, impugnar esos requerimientos nuevos, pues no tenia requerimientos en firme a los momentos de aplicarse los descuentos y que desconocia de las diferencia por la que se cubrieron, pero que fueron cubiertas apropiadamente.

A menos que dentro de esos 9 dias que indico Usted que se tardo para atender ese requerimiento que acepto estar mal en sus contribuciones. Y durante este tiempo de 9 dias acepto aplicarse algun descuento del decreto. En cuyo caso, considero que tendria toda la razon la autoridad para requerirlo.

Me parece que el IMSS, que los 3 requerimientos ultimos, se esta yendo demansiado aborasados. Ademas que no comprenden del todo el sentido del decreto emitido para aplicarse ese descuento del 5%. Pues, si es cierto que tenia diferencias, pero no contaba con requerimientos fincados en firme, que es lo que indica el decreto, Usted lo atiende, se le suspenderia el derecho del descuento, de ahi en adelante.

En el decreto no indica que se cubra los descuentos por los que se obtuvo beneficios, algo que me pareciera medio absurdo, pero bueno no observo esta situacion en el texto del decreto.

Y despues de esos 9 dias se retomaria, en mi opinion, el derecho de la aplicacion del descuento del Decreto, ya que se cancelara apropiadamente el requerimiento en firme y se subsanaron las irregularidades. Que es precisamente la finalidad que buscaria el Decreto, que todos esten bien y regla para ser premiados.


Tengo entendido que si tenemos creditos fiscales en firme no tenemos derecho al beneficio del 5 %.. y tengo entendido que un credito fiscal en firme es cuando pasa 15 dias habiles despues de la fecha de notificacion y nosotros pagamos 6 dias habiles despues.

Pues, ya esta dicho todo

Ojala me pudieran apoyar
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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31/Dic/08 11:35
Re: Cancelacion de credito IMSS ya cancelado

Hola Enrique

Efectivamente no teniamos creditos en firme.. De hecho antes de realizar el pago de las cuotas del IMSS, solicitamos el estado de adeudo ( de hecho lo solicitamos cada 15 dias) y una vez que visualizamos que NO hay ningun credito pendiente, aplicamos el beneficio del 5 %. Entonces los creditos de los meses de marzo, abril aparecieron hasta el mes de agosto, aclaramos, cancelaron y nuevamente nos requieren con fecha de diciembre los meses de marzo y abril y de regalo el mes de mayo.

Como puedo impugnar esos requerimientos nuevos? Cual es el procedimiento a seguir?

En espera de tu apoyo

Gracias
 
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01/Ene/09 19:06
Re: Cancelacion de credito IMSS ya cancelado

Toma una copia del decreto, localiza los requisitos para obtener ese beneficio del descuento del 5%

Intenta realizar un escrito, manifestando los requisitos que el mismo decreto indica, señala que esos mismos requisitos fueron que se tuvieron al momento de la aplicacion de los descuentos y que no tiene razon para aplicar tales requerimientos
 
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enrique9727
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08/Ene/09 19:01
Re: Cancelacion de credito IMSS ya cancelado

Muchas gracias por el apoyo

Saludos
 
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