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08/Dic/08 13:02
PREGUNTA DE IVA

Hola, tengo una gran duda, espero me puedan ayudar. Una persona fisica abrio un consultorio dental, y a la vez contrato a un dentista para que atienda a el negocio. Al dentista le paga por honorarios y este no cobra el IVA por la actividad que realiza, pero mi duda es si a los clientes que van al consultorio, se les cobra el IVA?
Segun mi punto de vista es que si, porque en realidad el dueño del negocio no es el que esta prestando el servicio, sino que esta comercializando con el servicio que le presta en este caso el dentista. estoy en lo correcto?

mil gracias y buen día
 
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ediominguez
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08/Dic/08 13:05
Re: PREGUNTA DE IVA

hola

y ya checaste que dice el articulo 15 fraccion XIV de LIVA en correlacion conel articulo 41 del RLIVA....



Saludos
 
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lcruizuscanga
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08/Dic/08 13:33
Re: PREGUNTA DE IVA

si, ya lo cheque, y por eso según yo si se debe de cobrar IVA, por ser persona física y no sociedad civil, ya que el no es el que realiza la actividad de dentista, sino que la contrata a su vez.... aunque no estoy segura de esto....


Mil gracias por responder
 
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ediominguez
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08/Dic/08 14:09
Re: PREGUNTA DE IVA

ediominguez:

Y quién es el que le expide el recibo a los pacientes ?

1.-El dueño del Local ?, o

2.-El Dentista ?


El dueño del Local no es Dentista o Médico ?

Existe un Criterio Normativo al respecto, que se presta a diferentes interpretaciones:

93/2007/IVA Servicios profesionales de medicina.

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 15, fracción XIV de la Ley
del Impuesto al Valor Agregado, no se pagará el impuesto por la
prestación de servicios profesionales de medicina, cuando su prestación
requiere título de médico conforme a las leyes de la materia, siempre
que sean prestados por personas físicas
, ya sea individualmente o por
conducto de sociedades civiles.

Asimismo, el artículo 41 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor
Agregado, señala que los servicios profesionales de medicina por los
que no se está obligado al pago del impuesto, son los que requieran
título de médico, médico veterinario o cirujano dentista.

Por ello, la prestación de servicios profesionales distintos de los
señalados en el párrafo anterior, quedan sujetos al pago del impuesto al
valor agregado.

Aquí es donde surgen diferentes interpretaciones:


Interpretación 'A').-

1.-El servicio es de medicina ?.- R= Si

2.-El servicio es prestado por un Cirujano Dentista =.-R= Si

3.-El Cirujano Dentista es Persona Física ?.-R= Si

4.-El Profesionista que expide el Recibo de Honorarios no es Cirujano Dentista ?.-R= No

En el Recibo no debe cobrarse IVA


Interpretación 'B').-

1.-El servicio es de medicna ? .-R= Si

2.-El servicio es prestado por un Cirujano Dentista.- R= Si

3.-El Profesioinista es Persona Física.- R= Sí

4.-El Profesionista que expide el Recibo es Cirujano Dentista ?.- R= No

En el Recibo debe cobrarse IVA

De acuerdo a lo anterior, la diferencia es la Persona Física que expide el Recibo, es decir lo importante es que la Persona Física que presta directamente el Servicio, sea Cirujano Dentista, no el que expide el Recibo de Honorarios.

Se presta a polémica, no crees ?




Saludos

Editado: Diciembre 08, 2008 14:34:21
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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08/Dic/08 14:21
Re: PREGUNTA DE IVA

Para mi si la Persona Fisica dueña del local es quien factura el servicio medico (Dentista) este ingreso esta exento de IVA, independientemente de que el lo realice o no, ya que la actividad principal del negocio es esa, independientemente de que se sub-contrate a alguien para que la realice.


Saludos.
 
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manuelniebla
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