02/Dic/08 13:34
Ay de Habitación gravada y recuperacion de Ay Habitación IETU
Hola, esperando esten bien, les escribo, pq tengo la siguiente duda:
A un trabajador a la quincena se le paga de Habitación supongamos 1,000.00 y de acuerdo al art 27 Fracción V de la LSS, se menciona que para q la habitación que se le entregue al trabajador, no sea integrable para efectos del SS, el trabajador debe participar con mínimo el 20% del SMGDF, o sea 157.77 pesos(recuperación ayuda de habitación), los cuáles se le descuentan o mejor dicho aparecen en el lado de las deducciones para cumpli con dicho requisito.
Mi pregunta es especificamente en lo referente al IETU, ya que esta ley menciona q la empresa solo podra acreditar el 16.5% de los conceptos gravabados y suponiendo que la habitación se le esta gravando al trabajador..... La empresa sobre q cantidad aplica el 16.5% sobre los 1,000.00 o sobre los 842.23 pesos (q es la diferencia entre la habitación y la recuperación de Ayuda de habitación.)