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29/Nov/08 09:41
Carta de retencion de Infonavit durante periodo de incapacidad maternidad

Buen dia,

Me podria alguien ayudar a saber que pasa si obtengo la carta de retencion de infonavit durante la incapacidad por maternidad, el patron esta obligado a recibirla ? se que basado en el articulo 45 del reglamento del Infonavit no esta obligado a retener y el trabajador esta obligado a pagar sus retenciones por si mismo, pero el patron debe de recibir la carta o es hasta que regrese a la actividad laboral cuando la recibe?
 
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JaGi
Soldado

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30/Nov/08 21:29
Re: Carta de retencion de Infonavit durante periodo de incapacidad maternidad

:neutral: Buenas noches. Dado que la relación de trabajo NO está suspendida, la trabajadora en estado de maternidad, se encuentra 'activa' y usted debe recibir el aviso de retención. Lo de las retenciones es otro boleto...

Salutes,
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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02/Dic/08 20:23
Re: Carta de retencion de Infonavit durante periodo de incapacidad maternidad

Oiga JaGi:

Esa carta que indica obligaciones de retencion y pagos por amortizaciones, el INFONAVIT la estaria generando 1 sola vez, no cada vez que se incapacite el trabajador.

Si el patron desea saber si tiene credito o no, con el Num de afiliacion en el portal del INFONAVIT consigue toda su informacion o con el EBA en donde aparezca el trabajador ya inscrito en esa cedula de determinaciones.

Ese EBA puede surtir como aviso o la carta a que se refiere

Es cierto que no debe aplicar retenciones y no tanto por que la LINFONAVIT lo indique, si no por que la LFT tendria mayor injerencia de aplicacion que la del INFONAVIT... En LFT se indica que habria una suspencion en el vinculo de la relacion de trabajo, por lo que se suspenden ademas de los servicios, los pagos por remuneraciones. Hasta que se reanunden las actividades. Si no hay ingresos o precepciones, es de pura logica entonces que no debe haber retenciones

Se aplica el 43 LFT primero. El 45 RINFONAVIT es meramente informativo, el cual es una aclaracion con respecto a las cuotas de seguridad correspondientes
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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