16/Nov/08 12:44
Re: sueldos socios
Hola:
La sugerencia de Martín me parece apropiada. PERO, no realice NOMINAS.
Y ha de preguntarse pues es ¿que hacer lo Martin comenta, es hacer 'nominas' y todo lo demas expresado?
Mi opinion es de que se realice TODO LO DEMAS y NO HACER LO DE las nominas... Las nominas son para personal SUBORDINADO, como lo expresa el compañero JUAN
Si PROCEDERIA realizarse remuneraciones para los 'accionistas' (no son socios) es una SA. Mas sin embargo, esas remuneraciones no deben tener el caracter de NOMINAS o subordinaciones, y en cambio si proceden ser EQUIPARABLES al tipo de las remuneraciones subordinadas, conforme al art 110 LISR. (Lease el articulo para llegar a la claridad, que en esta disposicion se indica)
Hay que nombrar al PAN, pan. Y al VINO, vino....
No se confunda, ni se platique al estilo Cantinflas...
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?