Si están reconocidos a los dos hijos le corresponde su parte correspondiente. Para eso debe probarse la calidad de hijo.
Si alguno no esta reconocido, debe exigirse el reconocimiento haber si es posible lograrse ese beneficio.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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24/Oct/08 01:21
Re: pensiones
Buenas noches. Las pensiones alimenticias las decretan los jueces de lo familiar. Hay que verificar en los oficios que les hacen llegar a los patrones, los porcentajes que corresponden a los hijos, independientemente de quién sea la mamá.
El Lic.
=8/
¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com