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21/Oct/08 10:35
complemento a la duda de los ingresos por arrendamiento.

Buen Día a todos, quizas no plante bien la pregunta, va de nuevo:
Las PF que obtienen ingresos por arrendamiento del capitulo III del titulo IV, cuando acumulan sus ingresos, cuando expiden el recibo de arrendamiento o cuando reciben el pago por dicho recibo???
Ejemplo:
Un arrendador PF le expide a una PM recibo de arrendamiento por el mes de Noviembre de 2008 y este es pagado 4 meses despues, es decir en marzo de 2009, la duda es cuado acumula el ingreso y la PM cuando lo deduce, aun cuando en el contrato de arrendamiento dice que las rentas deberán ser pagadas por mes adelantado.
El Art. 122 de la ISR habla de los ingresos que se obtienen en ESA seccion, mas no del capitulo III de los ingresos por arrendamiento, por eso los denomine de 'Flujo' y esta claro que cuando se habla de ingresos; es porque no se refiere a flujos de informacion o de documentos.
Si hay alguien en el foro que pueda comentar al respecto, se lo voy a agradecer.
 
Mk Cornejo y Asociados SC Despacho de Contadores Publicos & Abogados Fiscalistas en Materia Aduanal. Asesoria y Consultoria en materia Fiscal, Financiera y aduanal.
 
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sycor
Soldado

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21/Oct/08 10:44
Re: complemento a la duda de los ingresos por arrendamiento.

Artículo 141 LISR. Se consideran ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, los siguientes:

Arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles
I. Los provenientes del arrendamiento o subarrendamiento y en general por otorgar a título oneroso el uso o goce temporal de bienes inmuebles, en cualquier otra forma.

Rendimientos de certificados inmobiliarios
II. Los rendimientos de certificados de participación inmobiliaria no amortizables.


Ingresos gravados son los cobrados
Para los efectos de este Capítulo, los ingresos en crédito se declararán y se calculará el impuesto que les corresponda hasta el año de calendario en el que sean cobrados.
 
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CP_PACO
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21/Oct/08 11:16
Re: complemento a la duda de los ingresos por arrendamiento.

Para este caso. En el cobro, se detona el momento de acumulación, así que el acto de arrendamiento queda a entera satisfacción y procede que ya el contribuyente tendría capacidad contributiva, es decir el poder de pagar impuestos.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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21/Oct/08 11:43
Re: complemento a la duda de los ingresos por arrendamiento.

sycor:
Las PF que obtienen ingresos por arrendamiento del capitulo III del titulo IV, cuando acumulan sus ingresos, cuando expiden el recibo de arrendamiento o cuando reciben el pago por dicho recibo???


ES PROBABLE QUE EXISTA CONFUSIÓN YA QUE PARA LAS PERSONAS MORALES, LO ACUMULAN DE ACUERDO A LO SIGUIENTE:

LISR

Artículo 18. Para los efectos del artículo 17 de esta Ley, se considera que los ingresos se obtienen, en aquellos casos no previstos en otros artículos de la misma, en las fechas que se señalan conforme a lo siguiente tratándose de:
........

II.Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, cuando se cobren total o parcialmente las contraprestaciones, o cuando éstas sean exigibles a favor de quien efectúe dicho otorgamiento, o se expida el comprobante de pago que ampare el precio o la contraprestación pactada, lo que suceda primero.



SALUDOS
 
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CHAVALON
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21/Oct/08 11:52
Re: complemento a la duda de los ingresos por arrendamiento.

Por mi parte, percibo a la persona anda más perdida que nada. Esta parada en un semáforo y no sabría ni su nombre, ni de las calles y de esa ciudad, pueblo o lugar. Le resulta igual ir hacia el frente, a la izquierda o derecha e incluso retornarse. El sol ya no le interesa dónde está y si se le indica que para tal rumbo, también le da lo mismo. Espera ser gobernado. Esa es mi impresión.

Dice que es una PF el arrendador... es al cobro su acumulación

No tiene que andar investigando por PM... Estas personas acumulan conforme se lo indique ese contrato de arrendamiento AL VENCIMIENTO.
 
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enrique9727
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21/Oct/08 12:01
Re: complemento a la duda de los ingresos por arrendamiento.

El 17 y 18 LISR le aplicarian a PM

Que estan dentro del

TÍTULO II
DE LAS PERSONAS MORALES DISPOSICIONES GENERALES



Mientras que

CAPÍTULO III
DE LOS INGRESOS POR ARRENDAMIENTO Y EN GENERAL POR OTORGAR EL USO O
GOCE TEMPORAL DE BIENES INMUEBLES

comienza con el 141 LISR

¿Dónde está su casa?
 
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enrique9727
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