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17/Oct/08 19:08
Solicitud para pagar adeudos fiscales en parcialidades.

Buen dia Colegas,
El dia 01 de octubre presente la solicitud para pagar adeudos fiscales ( ISR del ejercicio 2007) en los terminos del los articulos Art 66 y 66-A del Codigo Fiscal de la Federacion, se trata de una Persona Moral, del cual la ALAC me lo esta rechazando bajo el fundamento y argumento de: a saber:

ART 66-A CFF
'.......VI. No procederá la autorización a que se refiere este artículo tratándose de:
a) Contribuciones que debieron pagarse en el año de calendario en curso...........'

Que a mi entender esta oracion se refiere a las contribuciones que su causacion (pago) por ser anual esta en curso, por ejemplo los pagos provisionales de ISR.

Ahora bien, tratandose de mi ISR anual 2007, este lo puedo parcializar siempre y cuando pase el periodo de seis meses, ustedes que opinan?????

Ustedes que opinan procede o no procede??

Quedo en espera de sus comentarios,
Saludos cordiales.
 
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cgonzalez1
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18/Oct/08 10:37
Re: Solicitud para pagar adeudos fiscales en parcialidades.

Tiene razón la autoridad:

En Octubre 2007, no se podía aplicar ese derecho, del pago en parcialidades.

Ahora en 2008, habría que investigarse si se puede... En el 2008 ya no es año en curso por el 2007.

Tu cálculo anual procedía vencerse en Marzo 2008, una vez presentada esa declaración anual o en momento de presentarse, se aplicaría el derecho comentado. No es posible ejercerlo de manera anticipada como se expresó
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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18/Oct/08 11:44
Re: Solicitud para pagar adeudos fiscales en parcialidades.

Buen dia Enrique,

La solicitud para pagar adeudos fiscales en parcialidades la presente en 01 de octubre de 2008, en virtud de que se trata de un impuesto anual y es donde puedo conocer el resultado fiscal (definitivo).

Entonces puedo o no optar en parcializar???, segun mi apreciacion si., El SAT me dice que no, por ser una contribucion que debe de pagarse en año de calendario en curso.....'

Pero a mi entender esa oración es aplicable por ejemplo a los pagos provisionales del ISR.
Quedo en espera de sus comentarios,

Gracias.
 
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cgonzalez1
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18/Oct/08 12:39
Re: Solicitud para pagar adeudos fiscales en parcialidades.

Buenas tardes cgonzalez1:

Mal interpreté equivocadamente tus datos.

Más sin embargo, creo que mi criterio vertido anteriormente, de que no procede esa autorización seguiría firme. Debe seguirse el mismo sentido.

Te comenté que el ISR 2007, no procedía su autorización en Octubre 2007.

Por la aclaración reciente que realizas, el ISR 2008, sigue estando en el año curso y no procede solicitarse la autorización, mínimo hasta que se presente la declaración anual o hasta que se venza el plazo.

Por lo pronto, sólo tienes la opción de declarar importes pequeños y las diferencias no enterarlas, hasta que el tiempo te abra la oportunidad de realizar declaración complementarias con la autorización que esperas recibir.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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18/Oct/08 15:34
Re: Solicitud para pagar adeudos fiscales en parcialidades.

A ver enrique vamonos entendiendo, el ISR que se pretende en parcializar es un ISR correspondiente al ejercicio fiscal 2007, tal y como lo mencione desde mi primer planteamiento.

Si bien es cierto por ser persona moral se tiene la obligacion en presentar la declaracion del impuesto sobre la renta a mas tardar el 31 de marzo de 2008.

Ahora bien, derivado a los calculos anuales se obtuvo un ISR DEL EJERCICIO 2007 A CARGO, mismo que se pretende parcializar en los terminos del articulo 66 y 66-A del CFF y que la ALAC del SAT me esta rechazando.

Asi pues, no capto porque mencionas '........el ISR 2008, sigue estando en curso......'

Entonces con lo anterior, sigue siendo la misma tu postura de no procedencia???
Saludos cordiales.
 
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cgonzalez1
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18/Oct/08 16:26
Re: Solicitud para pagar adeudos fiscales en parcialidades.

cgonzalez1:
Entonces puedo o no optar en parcializar???,


EN MI OPINIÓN SI PROCEDE EJERCER LA OPCIÓN DE PAGAR EN PARCIALIDADES, DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN EL ART. 66-A DEL C.F.F.:

Artículo 66-A……..
VI. No procederá la autorización a que se refiere este artículo tratándose de:

a) Contribuciones que debieron pagarse en el año de calendario en curso o las que debieron pagarse en los seis meses anteriores al mes en el que se solicite la autorización, excepto en los casos de aportaciones de seguridad social.

DE ACUERDO AL ART. 10 LISR EL PLAZO PARA EFECTUAR EL PAGO DEL ISR ANUAL ES EL 31 DE MARZO DEL SIGUIENTE AÑO AL QUE SE DECLARA.

LISR
Artículo 10….
El impuesto del ejercicio se pagará mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas, dentro de los tres meses siguientes a la fecha en la que termine el ejercicio fiscal.

AHORA BIEN EN EL ART. 66-A SE INTERPRETA QUE SI PROCEDERÁ LA AUTORIZACIÓN SI YA TRANCURRIERON 6 MESES DEL QUE DEBIÓ EFECTUARSE EL PAGO.

EL PLAZO DE LOS 6 MESES VENCIÓ EL 30 DE SEPTIEMBRE POR LO QUE EN MI OPINIÓN, A PARTIR DEL 1o. DE OCTUBRE, PROCEDE LA AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO EN PARCIALIDADES.



SALUDOS

Editado: Octubre 18, 2008 16:27:34Editado: Octubre 18, 2008 16:29:20
 
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CHAVALON
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18/Oct/08 20:30
Re: Solicitud para pagar adeudos fiscales en parcialidades.

Pues ya sabes entonces, cómo reclamar mediante el recurso de revocación, realiza tu trámite de nuevo para que se te otorgue la autorización.

Disculpa, NO pensé inicialmente, que el mes de Octubre fuese del ejercicio 2008. No lo expresaste. Después si se mencionó de esa forma. Como esos artículos que ya habías expresado, te daban el derecho. Lo que jamás pensé fue que la autoridad estuviese equivocada.

Vuelve a meter el trámite, pero ahora mediante un escrito, señalando que tendrías el derecho de esa autorización. Revisa tu trámite anterior, tal vez la solicitud pudiese tener errores que produzcan errores de interpretación, como los que sucedieron conmigo.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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