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08/Oct/08 13:03
imss

¿si se le atraza el parto a una asegurada esos dias de atraso por cuanto se le va a apagar y regimen es?
 
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merylo
Soldado

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08/Oct/08 13:58
Re: imss

Hola merylo

Le dan una incapacidad por enlace y a la trabajadora o futura mamá
se la pagan como ......!! revisa el Art. 101 L.S.S.

Salu2.
 
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cholilo
Teniente

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14/Oct/08 09:36
Re: imss

HOLA A TODOS

YO ESTUVE EN ESE CASO

SE TERMINO LA INCAPACIDAD ANTES DEL PARTO Y NO MAS NO QUERIA NACER MI HIJO Y ME DIERON OTRA POR 7 DIAS, PERO ME LA PAGARON COMO ENFERMEDAD GENERAL, YA NO SE CUBRIO AL 100%

TUVE MI PARTO A LOS DOS DIAS, Y DEJEME DECIRLES QUE CONTARON LOS CINCO DIAS DE LA SEGUNDA INCAPACIDAD Y EN VEZ DE PAGARME 42 DIAS DE INCAPACIDAD POST PARTO, SOLO ME PAGARON 37
Y LOS CINCO DIAS QUEDARON AL 60%

QUE MAS VERDAD, ELLOS MANDAN
 
MATTY
 
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coptima
Teniente

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14/Oct/08 13:35
Re: imss

Hola coptima!!!!!

Pues si definitivamente k mala onda, por que no fue tu culpa del retrazo, pero suele ocurrir, y si efectivamente se toma como enfermedad general y se pagan al 60%, una tia paso por algo similar.

Espero te hagian servido nuestras experiencia merylo, pero aun asi lee el articulo a que hace referencia muy acertada cholito.

ok, bay saludos
 
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ARILU2008
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14/Oct/08 22:16
Re: imss

Coptima, pues ellos no son los que deben de mandar, deben de mandar las leyes y dicen otra cosa diferente a como te lo aplicarón a ti. No debemos dejar que pisoteen las leyes, hay que exigir que se respete la ley.

Saludos
 
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juancarm
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15/Oct/08 13:14
Re: imss

Oiga coptima:

No es por contrariar. Pero, ¿no ha de estar un poco confundida? Simplemente por el beneficio de alguna duda.

Lo digo, si es que por su cuenta no ejerció el derecho de 42 días prenatales completito. Tal vez sería por que el parto se adelanta y no se cubre ese tiempo. (Una posibilidad, que al parecer en su caso no cabría)

U otra, si no se consiguen ciertos requisitos para el derecho de esa indemnización, el tiempo corre y el IMSS ya no indemnizaría esos primeros 42 días de manera integra.
Habría que analizar su caso.

La indemnización postnatal casi siempre, si es liquidada de manera integra. Ahí ya no habría 'grandes problemas' por cumplirse, en especial por los tiempos de programación y todos los asegunes que conllevaría un parto.

En el Art. 85 LSS se señala que debe haber una certificación por el parto, para poderse disfrutar de la indemnización tan comentada.

Luego, en el 101 LSS, se indica que de excederse los primeros 42 días que habrían de liquidarse indemnización como una incapacidad de enfermedad por los días complementarios. No habría otorgamiento superior a los 42 por maternidad. Con esto indicaría que ya no se tiene derecho a la indemnización por maternidad, pero todavía estaría el parto presente y ni modo que se mande a la mami a su casa, ni de apurar al baby. De alguna manera la LSS buscaría en perjudicar lo menos posible a todas las partes.

De lo comentado por Usted (coptima), deduciría que el IMSS no le cubrió 5 días de los primeros 42 días prenatales que le corresponderían indemnizarle. Tal vez, porque no cumplía los requerimientos por esta indemnización a esa fecha o porque no llego a la
hospitalización desde el primer día, pues presupondría que laboro esos días (Serian posibilidades que mi se me ocurre, no son comentarios asegurables)

En su momento, debió haberse realizado la reclamación del pago de los 42 días de manera integra. Tal vez le hubiesen respondido la razón. Pero, como no pregunto ahora resultaría un poco difícil saber en realidad que paso y de los porqués

A veces pensamos que el equivocado es el otro. Pero, si no investigamos, nos quedamos con que el equivocado es siempre el otro.

Pero también por mi parte pudiese estar equivocado de mi parte. Son simplemente apreciaciones.


PD
Estamos equivocados... Todos Ustedes
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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