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01/Oct/08 10:31
Re: Almacenaje (Actividad empresarial) ó Arrendamiento(Uso o goce)
Cuando una persona fisica o moral da en arrendamiento un inmueble, a otra fisica o moral, se entiende que este ultimo lo utilizará para realizar sus actividades, pudiendo ser la misma que mencionas 'almacenaje', sin embargo para el arrendador es eso 'arrendamiento'.
No encuentro punto que una estos dos conceptos o que de similitud.
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01/Oct/08 12:58
Re: Almacenaje (Actividad empresarial) ó Arrendamiento(Uso o goce)
ok colegas que pretendo hacer, comprar un inmueble mediante un regimen intermedio y cobrar los servicios de almacenaje, con el fin de deducir el inmueble al 100% en ese ejercicio.
espero sus comentarios
Re: Almacenaje (Actividad empresarial) ó Arrendamiento(Uso o goce)
Para efectos del ISR solo lo puedes deducir (el inmueble) a traves de la depreciación fiscal o la deduccion inmediata pero no al 100% .
Desconozco si exista alguna disposición fiscal para los que se dedican a la actividad de almacenaje en donde puedan deducir al 100% en un ejercicio el inmueble lo veo cañon.