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29/Sep/08 19:01
Calculo del salario base de cotizacion

Hola tengo una duda sobre si la ayuda de pasajes a los trabajadores se integran al salario base de cotizacion y si integra en que porcentaje lo integro.Editado: Septiembre 29, 2008 19:05:51
 
Para ser exitoso no hay que hacer cosas extraordinarias. Haz cosas extraordinariamente bien y se exitoso*****
 
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SILVESTRE04
Teniente

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29/Sep/08 19:49
Re: NOMINA

Si no te entragan ningun comprobante como reembolso pues si integra y normalmente los vas integrando como percepciones variables del bimestre anterior.

Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
Teniente Coronel

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30/Sep/08 01:05
Re: NOMINA

:neutral: Buenas noches. Lo cual resulta muy lógico, dado que es la única forma en que el auditor corrobora que el dinero que se le reembolsó al trabajador, efectivamente lo utilizó para su transporte de su domicilio al centro de trabajo o viceversa.

Salutes,
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
General de Brigada

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01/Oct/08 21:08
Re: NOMINA

Hola,

En mi experiencia, la ayuda de camiones que se le paga a los trabajadores para que realicen su trabajo no integran salario para cuestiones del IMSS ni son gravables para efectos del impuestos sobre la renta.

Es mi opinión, este concepto no se excluye en el art. 27 de la ley del IMSS, sin embargo, no se incluye en el art. 84 de la Ley Federal del Trabajo como que integra, ya que esta ayuda no se le entrega por su trabajo sino para que realice su trabajo.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
Capitán Primero

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03/Oct/08 00:39
Re: NOMINA

Hola migueljurado:

Tu apreciacion es muy buena, pero solo desde tu punto de vista.

No olvides que la ley es como las antiquisimas navajas de afeitar de la GUILLETTE Tendrian en comun DOS FILOS... el que aplicas como tu criterio personal y el otro criterio que es precisamente el que se emplea para una verificacion de cumplimiento por parte de la autoridad.

Si se llega esa ultima instancia, la autoridad querrá que se demuestre que en realidad fue una erogacion en favor del patron o de un tercero, que efectivamente no fue un pago por remuneracion o en su defecto alguna prestacion integrable, puesto que los del IMSS por decir alguna autoridad, buscarian presuntamente indicar que SI SERIAN INTEGRABLES.

Y esas aseveraciones de pura lengua, el IMSS no las acepta muy bien que digamos, y en el caso de aplicar EN UNA SEGUNDA OCASION LA RECUADACION, a la autoridad le seria suficiente sus presunciones, a menos que se pruebe lo contario con hecho... obra... pero no omisiones.

Que al cabo si de tacos de lengua se trata, ganarian los de la autoridad, ellos tendrian el voto de calidad. Le pese a quien le pese.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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03/Oct/08 08:15
Re: NOMINA

Buenos días Enrique,

Cuando dije mi experiencia hablaba de un caso de empleados que trabajan casa por casa y visitan diferentes colonias en un mismo día, obvio es que requieren transportarse, los dueños de la empresa me han preguntado si esa ayuda forma parte del salario para cuestiones del IMSS y mi respuesta es que no, por lo ya comentado de la ley del IMSS y LFT.

Es mi interpretación del artículo 84 de la LFT en la que me baso para decir que no integra salario, el IMSS no debería argumentar que en el 27 LIMSS no esta, debería mas bien mostrarme en que lugar del 84 LFT sí esta, es un requisito de la base de la contribución el fundamentarla.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
Capitán Primero

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03/Oct/08 10:01
Re: NOMINA

Si mal no recuerdo para efectos de IMSS hay un Criterio en el que se estipula que si el pago lo realiza el patrón contra comprobantes, no es integrable al SBC, mientras que si lo paga sin haber comprobación de por medio se le considera afecto al SBC... voy a buscar si tengo ese Criterio, de encontrarlo aquí mismo lo copio.

saludos
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
Teniente Coronel

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03/Oct/08 13:56
Re: NOMINA

Gracias sosgtorreon,

La verdad no se si convenga decir esto, la ley no puede cubrir absolutamente todo lo que sucede en la práctica, siempre hay lugar para aplicar el criterio, no le conviene al gobierno gastar tinta en excluir a ciertos giros que se salen de la generalidad, como el que yo comentaba.

como dice Enrique, el IMSS va a querer que se integren a salarios, ya corresponderá a cada quien defender su punto, en lo personal me decido por que no integran y el conseguir comprobante no lo veo como algo factible, ni práctico, tal vez el que hagan una relación de los traslados por semana, etc.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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