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25/Sep/08 12:16
impresión y venta de libros exenta o tasa 0%?

Buenas tardes a todos tengo un cliente que esta tributando en el Règimen de Actividades Empresariales y servicios Profesionales , es conferencista y a parte vende discos compactos gravados con sus conferencias y ha plubicado dos libros , mi duda es la venta de los libros esta exenta o gravada a la tasa del 0%?
El mismo manda a imprimir sus libros , portadas ,etc.
Ya revisè el art. 2-A, fracc. i) de la LIVA y el Art. 9 ,Fracc. III de la LIVA y estoy confundida.

Necesito tener claro esto , porque entonces tendrìa que calcular un factor de prorrateo del IVA , para determinar mi IVA acreditable, ya que tengo actividades gravadas y excentas?

Gracias por sus comentarios
 
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felicidad
Subteniente

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25/Sep/08 12:38
Re: impresión y venta de libros exenta o tasa 0%?

Artículo 9o. LIVA (Exenciones Tratándose De Enajenación) - No se pagará el impuesto en la enajenación de los siguientes bienes:

Libros, periódicos, revistas, derechos de autor

III.- Libros, periódicos y revistas, así como el derecho para usar o explotar una obra, que realice su autor.
 
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CP_PACO
General Brigadier

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25/Sep/08 12:44
Re: impresión y venta de libros exenta o tasa 0%?

Es EXENTO.

Aplica Art. 9 Fracc.III LIVA
 
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vabdo
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25/Sep/08 12:59
Re: impresión y venta de libros exenta o tasa 0%?

CONSIDERO QUE ESTA EXENTO Y EN CUANTO A LOS QUE ESTAS IMPRESOS EN MEDIOS ELECTRONICOS OJALA Y SIRVA ESTO:
CRITERIO 89/2007/IVA Exenciones. Publicaciones electrónicas.
De conformidad con el artículo 9o., fracción III de la Ley del Impuesto
al Valor Agregado no se pagará el citado impuesto, tratándose de la
enajenación de libros, periódicos y revistas, así como el derecho para
usar o explotar una obra, que realice su autor.
Ahora bien, el artículo 123 de la Ley Federal del Derecho de Autor
establece que el libro es toda publicación unitaria, no periódica, de
carácter literario, artístico, científico, técnico, educativo, informativo o
recreativo, impresa en cualquier soporte, cuya edición se haga en su
totalidad de una sola vez en un volumen o a intervalos en varios
volúmenes o fascículos, comprenderá también los materiales
complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico,
que conformen, conjuntamente con el libro, un todo unitario que no
pueda comercializarse separadamente. Igualmente, indica en su artículo
128 que las publicaciones periódicas gozarán de la misma protección
que los libros.
Por lo anterior, en términos del artículo 9o., fracción III de la Ley del
Impuesto al Valor Agregado, se encuentra exenta del pago del impuesto
al valor agregado la enajenación de libros, periódicos y revistas
impresas en medios electrónicos.
 
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colega2306
Soldado

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25/Sep/08 13:12
Re: impresión y venta de libros exenta o tasa 0%?

BUENAS tardes colega una ves afirmado que es exento, hay que analizar si la venta de libros crece, que vas a hacer, tu iva se va a ver mermado, te recominedo vender los libros mediante otra figura fiscal.
 
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garcyasocp
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25/Sep/08 13:15
Re: impresión y venta de libros exenta o tasa 0%?

Por lo que comentas felicidad entiendo que él edita sus propios libros por lo cual serían a tasa 0%Editado: Septiembre 25, 2008 13:38:20
 
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cp_enrique1
Cabo

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25/Sep/08 13:29
Re: impresión y venta de libros exenta o tasa 0%?

asi es colega,y luego vamos a la devolución y de ahi a la distribución por consignación.
si me explico.
 
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garcyasocp
Capitán Segundo

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25/Sep/08 15:07
Re: impresión y venta de libros exenta o tasa 0%?

No entiendo, entonces me recomiendan que dè de alta a otra persona fìsica para que venda exclusivamente los libros y al ser todos sus ingresos exentos , el iva de todos sus gastos lo tendrìa que solicitar en devolución ? pero esto serìa si estuvieran los libros gravados a tasa 0% . cuando la totalidad de los ingresos estan exentos , el iva acreditable se considera como un gastos, es decir no puede recuperarse.

Por favor alguien me puede aclarar?

Saludos
 
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felicidad
Subteniente

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25/Sep/08 15:17
Re: impresión y venta de libros exenta o tasa 0%?

ok colega, hay que ubicar primero que es edición y que es enajenación para que tú puedas apreciar en donde puedes caer.de ahi partimos para elaborar la planeación.
saludos.
Atte. EL tapatio
 
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garcyasocp
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25/Sep/08 16:16
Re: impresión y venta de libros exenta o tasa 0%?

Hola garcyasocp:

Si gustas podrias seguir las siguientes conclusiones para tu pregunta:

1.- El art 1 LIVA marca que es lo que gravaria ENAJENACION (de libros) por ende GRAVARIA a los actos desarrollados bajo esa actividad o actos.

2.- En la ley existen diversas formas de gravar, algunas gravarian en tasas y otras gravaria al NO PAGO (EXENTAS)

3.- Las leyes fiscales no pueden EXENTAR por eso ese termino jamas es empleado en alguna ley fiscal, por lo que se debe entender que existe una gravacion a la tasa del no pago. Lo que estricto a pego juridico EXENTO NO ES LO MISMO QUE AL NO PAGO. Ver art 28 CPEUM

4.- En tu caso no existe alguna disposicion para la enejenacion de libros a la tasa del no pago o exento (como nos expresariamos comunmente)

5.- La LIVA menciona un procedimiento de acreditamiento, cuando existan actividades al no pago, el iva por los gastos inherentes a esta actividad no debe acreditarse. Cuando no exista la posibilidad de determinar que gastos y compras corresponderia para la obtencion de ingresos gravados a no pago (exentos) entonces procederia aplicar un procedimiento de un factor para el acreditamiento del IVA

6.- En tu caso, no corresponderia ese factor por que la venta de libros es a una tasa gravada al 0% y siendo a una tasa numerica. Le corresponde la aplicacion de la tasa 2A i)
PERO SI EL PROPIO CONTRIBUYENTE EDITA ESOS LIBROS QUE ENAJENARIA

7.- En el caso de que no los EDITE, entonce le corresponderia aplicar el art 9 LIVA en lugar del comentado en el punto 6.

8.- Siendo el punto 7 aplicable, entonce si le corresponde aplicar un factor de acreditamiento para el IVA por aquellos gastos y compras que no se identifiquen directamente con la actividad de enejenacion de libros, mientras que los identificable de antemano no se consideraria ese factor. pues todo el iva seria no acreditable.

9.- Entonces en tu caso debe indicarnos ¿cual articulo se aplicaria? y asi se termina el ciclo de este topico. ¿Podrias indicarnos el camino?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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