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15/Ago/08 11:35
Puedo compensar los recargos y actualizacion ?

hola, buen dia, tengo una duda sobre el articulo 23 del CFF
me Voy a poner al corriente en mis impuestos y es mucho de recargos y actualizacion, pero tengo saldos a favor que puedo compensar
mi pregunta es ... puedo compensar tambien los recargos y la actualizacion ??? les agradeceria mucho sus opiniones
para checar los fundamentos
 
Moreno Diaz Cons.
 
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miguelmoreno
Sargento Segundo

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15/Ago/08 11:41
Re: Puedo compensar los recargos y actualizacion ?

PARA LOS RECARGOS CHECATE EL ART 9 DEL RCFF Y EL 23 CFF
 
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btsj
Cabo

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17/Ago/08 16:46
Re: Puedo compensar los recargos y actualizacion ?

Consulta el artículo referente a recargos en el art 21 CFF

Para la actualización también ese código. En el 17-A donde para esta partida se indica que se conservaría la misma naturaleza que el principal. Es decir, si se permite la compensación en el principal (el impuesto). Por ende, también correspondería ser compensable la actualización correspondiente.

Finalmente, lee cuidadosamente los arts. 2 CFF, en especial, su último párrafo. y el 3 CFF segundo parrafo.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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17/Ago/08 23:50
Re: Puedo compensar los recargos y actualizacion ?

ESTO ES MUY CLARO........"ARTICULO 9o.- No se causarán recargos de conformidad con el artículo 21 del Código, cuando el
contribuyente al pagar contribuciones en forma extemporánea compense un saldo a su favor, hasta por el
monto de dicho saldo, siempre que éste se haya originado con anterioridad a la fecha en que debió
pagarse la contribución de que se trate.
Cuando el saldo a favor del contribuyente se hubiera originado con posterioridad a la fecha en que se
causó la contribución a pagar, sólo se causarán recargos por el periodo comprendido entre la fecha en
que debió pagarse la contribución y la fecha en que se originó el saldo a compensar"
 
"Disfruta hoy como si no hubiera mañana"
 
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DOMITILA
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18/Ago/08 10:18
Re: Puedo compensar los recargos y actualizacion ?

"miguelmoreno":
hola, buen dia, tengo una duda sobre el articulo 23 del CFF [/b:6dc2e53828]me Voy a poner al corriente en mis impuestos y es mucho de recargos y actualizacion, pero [b:6dc2e53828]tengo saldos a favor que puedo compensar[/b:6dc2e53828] mi pregunta es ... [b:6dc2e53828][color=darkred:6dc2e53828]puedo compensar tambien los recargos y la actualizacion ??? [/color:6dc2e53828][/b:6dc2e53828]les agradeceria mucho sus opiniones [b:6dc2e53828]para checar los fundamentos[/b:6dc2e53828]


El fundamento lo ofreces tu mismo Miguel, 23 de CFF. Pero bueno, para abundar cito el primer párrafo de dicho artículo destacando la parte que me parece te sirve de apoyo en la pretensión.


[i:6dc2e53828]Artículo 23. Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración [b:6dc2e53828][color=darkblue:6dc2e53828]podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar[/color:6dc2e53828][/b:6dc2e53828] por adeudo propio o por retención a terceros, siempre que ambas deriven de impuestos federales distintos de los que se causen con motivo de la importación, los administre la misma autoridad y no tengan destino específico, [b:6dc2e53828][color=darkblue:6dc2e53828]incluyendo sus accesorios[/color:6dc2e53828].[/i:6dc2e53828]

Esto sin menoscabo de que revises lo que sugiere el resto de compañeros en relación a los recargos.

saludos.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
Teniente Coronel

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