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04/Ago/08 17:48
ISR E IETU PAGADOS CON POSTERIORIDAD

BUEN DIA


ESTE ES EL CASO SE CALCULO UN ISR A PAGAR POR EL MES DE MARZO DEL 2008 E IETU POR EL MISMO MES.

LA LIETU DICE QUE SE ACREDITARA EL ISR EFECTIVAMENTE PAGADO CONTRA EL IETU A CARGO.

EL ISR DE MARZO SE PAGO HASTA MAYO.

EL IETU A CARGO SE VA A PAGAR HOY POR EL MISMO MES DE MARZO, SE PUEDE ACREDITAR EL ISR DE MARZO PAGADO EN MAYO CONTRA EL IETU.

SEGUN YO SI, SOLO QUE SOLICITO SU OPINION TAN VALIOSA COMO SIEMPRE.


SALUDOS
 
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ROLLET
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04/Ago/08 17:59
Re: ISR E IETU PAGADOS CON POSTERIORIDAD

El que se paga es el mayor ( el isr o el ietu ), ó bien pagas el isr y lo acreditas con el ietu.
Cuales son los montos de cada uno ?? Por lo que entiendo de tu caso el ietu es mayor y si podrás acreditar el isr pagado.
Tendrás quepagar actualización y recargos

Saludos
 
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cermar
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04/Ago/08 18:01
Re: ISR E IETU PAGADOS CON POSTERIORIDAD

Artículo 10 LIETU. Los contribuyentes podrán acreditar contra el pago provisional calculado en los términos del artículo 9 de esta Ley el crédito fiscal a que se refiere el artículo 11 de la misma.[/b:6337d7f87e]

[b:6337d7f87e]Acreditamiento del PP de ISR propio es el efectivamente pagado y el retenido
[b][color=blue:6337d7f87e]El pago provisional del impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, será el efectivamente pagado, en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como el que le hubieren efectivamente retenido como pago provisional en los términos de las disposiciones fiscales.[/[/color:6337d7f87e]b] No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos o reducciones establecidas en los términos de las disposiciones fiscales, con excepción del acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo o cuando el pago se hubiera efectuado mediante compensación en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.
 
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CP_PACO
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04/Ago/08 21:07
Re: ISR E IETU PAGADOS CON POSTERIORIDAD

"ROLLET":
BUEN DIA


ESTE ES EL CASO SE CALCULO UN ISR A PAGAR POR EL MES DE MARZO DEL 2008 E IETU POR EL MISMO MES.

LA LIETU DICE QUE SE ACREDITARA EL ISR EFECTIVAMENTE PAGADO CONTRA EL IETU A CARGO.

EL ISR DE MARZO SE PAGO HASTA MAYO.

EL IETU A CARGO SE VA A PAGAR HOY POR EL MISMO MES DE MARZO, SE PUEDE ACREDITAR EL ISR DE MARZO PAGADO EN MAYO CONTRA EL IETU.

[color=red:5312982eea][u:5312982eea]SEGUN YO SI[/u:5312982eea][/color:5312982eea], SOLO QUE SOLICITO SU OPINION TAN VALIOSA COMO SIEMPRE.


SALUDOS



y los fundamentos apa ?.........





saludos
 
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lobozac
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04/Ago/08 23:58
Re: ISR E IETU PAGADOS CON POSTERIORIDAD

ROLLET:
[color=red:f8d764bf74]SE PUEDE ACREDITAR[/color:f8d764bf74] EL ISR DE MARZO PAGADO EN MAYO CONTRA EL IETU[/b:f8d764bf74]

NO, NO SE DEBE YA QUE NO CORRESPONDEN AL MISMO MES:

LIETU
Artículo 10. - TERCER PÁRRAFO
Contra la diferencia que se obtenga en los términos del primer párrafo de este artículo, [color=red:f8d764bf74][b:f8d764bf74]se podrá acreditar [/b:f8d764bf74][/color:f8d764bf74]la cantidad que se determine en los términos del penúltimo párrafo de este artículo y una cantidad equivalente al monto del [b:f8d764bf74][color=red:f8d764bf74]pago provisional del impuesto sobre la renta propio, correspondientes [u:f8d764bf74]al mismo periodo [/u:f8d764bf74]del pago provisional del impuesto empresarial a tasa única[/color:f8d764bf74], hasta por el monto de dicha diferencia. El resultado obtenido será el pago provisional del impuesto empresarial a tasa única a cargo del contribuyente.



SALUDOS
 
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CHAVALON
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05/Ago/08 0:02

Si se podría conforme el 9 LIETU, pero los acreditamientos deben aplicarse de manera acumulativa las determinaciones de impuestos y de acreditamientos de impuestos.

COMO ES POSIBLE ACREDITARSE DE ANTEMANO ACREDITAMIENTOS DE MANERA ANTICIPADA...

Sugiero leer deternidamente y con criterio estricto el procedimiento de la aplicacion de los procedimientos de determinaciones del IETU
 
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enrique9727
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05/Ago/08 16:24

"enrique9727":
[color=red:6119e7a7a6][u:6119e7a7a6]Si se podría conforme el 9 LIETU[/b:6119e7a7a6][/u:6119e7a7a6][/color:6119e7a7a6], pero los acreditamientos deben aplicarse de manera acumulativa las determinaciones de impuestos y de acreditamientos de impuestos.

COMO ES POSIBLE ACREDITARSE DE ANTEMANO ACREDITAMIENTOS DE MANERA ANTICIPADA...

Sugiero leer deternidamente y con criterio estricto el procedimiento de la aplicacion de los procedimientos de determinaciones del IETU


[color=blue:6119e7a7a6][u:6119e7a7a6][b:6119e7a7a6]podrias comentarnos de que manera si se podria conforme a este fundamento ?

gracias


saludos[/u:6119e7a7a6][/color:6119e7a7a6]
 
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lobozac
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05/Ago/08 20:49
Re: ISR E IETU PAGADOS CON POSTERIORIDAD

ENRIQUE:
[color=red:abed669fdb]Si se podría[/color:abed669fdb] [color=red:abed669fdb]conforme el 9 LIETU[/color:abed669fdb][/b:abed669fdb]

[b:abed669fdb]EL ART. 9 DE LIETU, [color=red:abed669fdb]NO SEÑALA [/color:abed669fdb]NINGÚN TIPO DE [color=red:abed669fdb]ACREDITAMIENTO[/color:abed669fdb].


DICHO ARTÍCULO ESTABLECE, ENTRE OTRAS COSAS:

.-LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE PAGOS PROVISIONALES

.-CÓMO DETERMINAR LA BASE GRAVABLE

.-LA DETERMINACIÓN DEL IETU.



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CHAVALON
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06/Ago/08 1:28

Lobozac... jamas quice indicar que se podia anticipar el acreditamiento.. de hecho solo referencie a ese articulo que los acreditamientos se podrian hacerse en referencia con ese articulo 9, pero de manera paralela debe aplicarse el 10... Es decir, este ultimo debe aplicar la referencia del 9.

Señale el 9..... que es la manera de CAUSAR EL IMPUESTO DEL IETU

LUEGO CON EL 10 se aplican las acreditaciones....

Es cierto el 9 no menciona ningun acreditamiento... pero si señala la forma de como determinar el impuesto.

Tratando de respetarse esa mecanica, se prosigueria con el 10 para efectos PAGA EL IMPUESTO CAUSADO, con acreditaciones o con creditos fiscales, que la manera de hacerse, se compaginan con el 9 LIETU

Por eso me referi al 9...

Espero ya haya quedado claro mi comentario anterior.
 
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enrique9727
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06/Ago/08 9:16

por eso digo enrique........

las ambiguedades nunca han sido buenas

saludos y gracias por tus comentarios
 
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lobozac
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