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20/May/04 11:59
Incapacidad por embarazo y credito infonavit

Alguien me puede explicar en que articulo de que ley puedo
solucionar la siguiente pregunta?


Tengo una trabajadora que actualmente cuenta con credito INFONAVIT
y también va a entar en incapacidad por embarazo.

Se supone que de la incapacidad que le paga el IMSS la trabajadora debe pagar el importe del credito correspondiente al INFONAVIT?

o ella debe darme el dinero para que yo lo entere en el correspondiente
pago bimestral?

si es asi, eso está fundamentado en que ley y articulo?

No hay algún apoyo para las mujeres embarazadas?

Saludos y gracias
Marco Castro
altaing@att.net.mx
 
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Mant
Soldado

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20/May/04 13:03

'segun el art. 45 del reglamento inscripcion, pago y entero de descuentos..

te dice que la obligacion del patron de efectuar y retener descuentos se suspende, y en el caso de incapacidad ( sin especificar de que tipo ), solo subsiste la obligacion de efectuar y enterar los descuentoa cuando se tenga celebrado un convenio de pago indirecto y reembolso de subsidios con el imss. EN ESTE CASO TE LIBERA DE LA OBLIGACION DE RETENER Y ENTERAR

Y Por otro el 47 del mismo reglamento señala que durante el período de suspensión de la relación laboral notificada por el patrón al Instituto, el trabajador es el único responsable de la amortización de su crédito frente al Infonavit,
entonces consideramos el Art 127 de la LFT, te especifica que un RT y una Incapacidad por maternidad se consideran como de servicio activo,

I" V. Las madres trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo "

Por lo tanto tampoco es responsable de pagar sus creditos en este lapso.
 
"Tendré amor acrisolado a mi Patria, respetandola y engrandeciendola con todos los actos de mi vida"
 
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MEXICANO
Cabo

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20/May/04 14:07
Re: Incapacidad por embarazo y credito infonavit

Sin embargo , se presenta un problema en la práctica, ya que al paso del tiempo, el infonavit requiere esos lapsos sin pago a la trabajadora, y simplemente NO libera el credito, escrituras y demás, en tanto no sean liquidados esos adeudos, y para ese tiempo, el importe lo cobra con accesorios, significando una carga economica importante para el trajabador, que inclusive, puede ya no estar trabajando.

En mi opinión, lo más conveniente es que la trabajadora separe, de su incapacidad el importe a enterar y lo pague en el instituto, como finalmente sucedio en un caso que yo tuve en mi empresa

gabriela ochoa
 
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GABJAV
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20/May/04 22:53

SI TIENES EL CONVENIO DE PAGO CON EL IMSS DESCUENTALE EL PORCENTAJE O CF DEL CREDITO COMO SI ESTUVIERA TRABAJANDO, SI NO CUENTAS CON ESTE CONVENIO SIMPLEMENTE NO TIENES RESPONSABILIDAD ALGUNA!!!!

NADA MAS ACONSEJALE A LA PERSONA QUE ACUDA AL INFONAVIT PARA QUE LE OTORGUEN UN TALONARIO DE PAGO Y SE INFORME SI RECAE EN EL REGIMEN ESPECIAL DE AMORTIZACION!!! QUE LO DUDO PUESTO QUE SUBSISTE LA RELACION LABORAL!!!

ESPERO HABER CONTRIBUIDO EN ALGO!!
 
GABRIEL DIAZ
 
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JGABRIELDIAZ
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28/May/04 14:34

perdon que me meta pero pienso que la empresa no tiene responsabilidad porque al no pagarle de donde le retiene, la trabajadora debe hacer la aportacion en el renglon de aportaciones voluntarias entregando el dinero al patron, si no quiere tener una carga extra al final del credito.
 
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gloriae
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30/May/04 0:16

De acuerdo al penúltimo párrafo del artículo 29 de la Ley del INFONAVIT, la obligación de hacer las aportaciones y descuentos, se suspenderá cuando no se paguen salarios por ausencias en los términos de la Ley del IMSS, siempre que se de aviso oportuno al Instituto.

JHiguera
 
jhiguera Hoy es el mejor día de tu existencia; se feliz.
 
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JHiguera
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01/Jun/04 9:08
Re: Incapacidad por embarazo y credito infonavit

Estoy totalmente de acuerdo, que al suspenderse el pago de salarios por parte del patrón no hay obligacion por parte de Este de Retenerle, puesto que no hay forma, y este comprueba por medio de la copia de la incpacidad que la trabjadora el entrega, si es necesario que ella aoprte la cantidad quele correspondio al infonavit, ¿ Cómo?
Hay una opcion por Parte del Infonavit donde se puede poner al corriente con sus pagos, Asi le hice yo, cuandod ejo de trabajar por periodo de dos meses, y no pedi prorroga al Instituto, pero me dieron la opcion de pagar .
Si hablas al infonavit, ellos te apoyan, lo que les interesa es que le pagues.
Por otra parte el patrón queda relevado de cualquier pago.
 
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luisamariaperez
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01/Jun/04 19:10
Re: Incapacidad por embarazo y credito infonavit

hola : yo quiero comentar que cuando a una persona le otorgan un credito de infonavit esa persona sabe muy bien que mientras este incapacidada por materinida o por emfermedad general no se le retendra nada, el unico ploblema es que si ti casa la tienes que pagar en 30 años vas a tardar mas en pagar ,
cuando uno firma sus escrituras de su casa uno ya lo sabe esto te lo comenta en dia que uno tiene que firmar escritura

espero que te pueda ayudar gracia
 
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prisady
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