8.-No se incluirá en los anexos 1 . 2 el desglose de las operaciones con clientes y proveedores[/b:e8c3f390ae]
[color=red:e8c3f390ae][b:e8c3f390ae]residentes en el extranjero[/b:e8c3f390ae][/color:e8c3f390ae], [color=red:e8c3f390ae][b:e8c3f390ae]sólo se incluirá. en la carátula el importe total de las operaciones,[/b:e8c3f390ae][/color:e8c3f390ae][b:e8c3f390ae]incluyendo impuestos aduanales, sin incluir IVA.
SALUDOS
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'
Aunque CHAVALON ya indica la justificante muy completa a la pregunta.
Los siguientes comentarios, simplemente son eso: comentarios.
1.- Los proveedores extranjeros no tienen RFC. Tendrían ID Tax o Número de Indentificación Fiscal (se mostraría en el pedimento de importación)
2.- El RFC lo expide la SHCP, cuando el contribuyente se inscribe en el ese padrón.
3.- Los proveedores extranjeros no tiene obligación de inscribirse ante la SHCP. No son contribuyentes en México.
4.- El formulario 42, solicita información por RFC y no ID Tax.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?