04/Jul/08 19:18
Re: Recargos y actualizacion
Hola Faby82:
Se consideran los meses ANTERIORES a las fechas que delimitarían la declaración correspondiente y la fecha de pago.
FEBRERO 2008 se presentaría en MARZO 17, 2008. Si se paga HOY (4 de JULIO) o mañana o durante todo este mes de JULIO 2008. Entonces, quedaría de la siguiente forma:
JUNIO 2008 entre FEBRERO 2008
Ambos índices, ya debieron de haberse publicado con antelación, a la fecha 4 de Julio.
El Índice de Julio 2008, que no se ocuparía y se publicaría más o menos por el 10 de Agosto próximo.
Aquí no se aplica "meses completos". Léete el Art. 17-A CFF, si pones atención verás, que ahí se indica el procedimiento del ejemplo comentado. MESES ANTERIORES.
Para meses COMPLETOS, se aplican en los recargos ver Art. 20 CFF. AHÍ SÍ SE SEÑALA POR MESES COMPLETOS.
Lo anterior, indica o quiere decir, que los recargos del mes de Julio 2008 comenzarían a computarse a partir del día 18 de Julio 2008. Mientras no se llegue a esa fecha, se siguen computándose los recargos hasta el mes de Junio 2008.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?