20/Jun/08 9:15
Re: Construccion en Edificio quien conviene que lo haga?
De primera viendo el título del tópico, pense en contestar; "que lo hagan los maistros supervisador por un ingeniero", pero ya leyendo el contenido como que mi respuesta no es la adecuada.
Veamos, ¿quién debe ser cosiderado como el dueño de la construcción?, conviene establecer antes que nada quien es quien va poner los fondos requeridos para la construcción tal, ya que eso puede facilitar la decisión de quien deba figurar como dueño.
Por la forma en que se platea el tema me queda la impresión de que las personas físicas que dan en arrendamiento son a su vez socios ó dueños reales de la persona moral que hace las veces de inquilino, por lo que pueda ser que el dinero a invertir tenga en realida una misma bolsa como origen y lo que se pretenda decidir es tan sólo quien se ve mayormente beneficiado reconociendo como propia esa construcción a realizar. ¿Voy bien ó me regreso?
De figurar como dueños de la construcción los arrendadores tendrán indudablemente un beneficio directo e inmediato, tanto en materia de IETU como de IVA. Toda vez que le están rentando a una persona moral esta les debe estar reteniendo tanto ISR como IVA, si renta en 100,000.00 se supone le retienen 10,000.00 de ISR y 10,000.00 de IVA, ¿porqué comentas que en tus datos que le retienen 21,000.00?
De figurar la persona moral como dueña deberá considerar la inversión como edificio, deduciendo en función del porcentaje máximo de Ley, lo que nos puede hacer pensar que favorece que las personas físicas figuren como dueños, pero si el día de mañana -este año ó el siguiente- la persona moral requiriera deducciones sustanciales el poder deducir la parte no deducida de una inversión siempre será una buena posibilidad, legal por demás y poco rastreable.
saludos.
sos al sos