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30/May/08 14:01
forma correcta de deducir una erogación..

Hola a todos:
Expongo una duda:

- Una persona física regimen general de ley le hace un préstamo x $13,000.00 a una de régimen intemedio.
- Depués la segunta persona le hace un trabajo de máquila a la primera x $14,200.00 (expidiendo la respectiva factura x este importe).
Y a ellos se les hace fácil con la factura expedida matar la deuda incialmente contraída.
ES POSIBLE DEDUCIR ESTA OPERACION?????.

Yo propuse Separar las operaciones (préstamo y gasto), o sea que la segunda persona realice el pago de su préstamo, y la segunda liquide de manera normal el servicio recibido (expidiendo el cheque que ampare el pago de la factura).
Pero resulta que la segunda persona no tiene cuenta bancaria :twisted: , lo cual complica nuevamente la deducción de acuerdo con el art. 31 fracc III LISR.

Entonces analizando un poco más con la finalidad (siempre) de poder deducir. Yo creo se debe cancelar la fact. de los $14,200.00 y expedir varias dividiendo su importe en cantidades de $2000.00 o menos, y de esta manera poder expedirles sus respectivos cheques (no nominativos)para no incurrir en vilaciones al art. 31 fracc III LISR.

Si estoy en lo correcto en esto último, o si no hay necesidad de moverle más a la operación hasta ahorita realizada, por favor espero su apoyo al respecto.

De antemano, mil gracias..... saludos a todos.
 
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marlou
Sargento Segundo

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30/May/08 14:45
Re: forma correcta de deducir una erogación..

Mi muy particular manera de opinar es la siguiente

porque no pagarle con cheque la factura de $14,200 y este a su vez le da otro por el prestamo y asi seria mas correcto y mas transparente.

Ojala q te sirva
 
MATTY
 
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coptima
Teniente

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30/May/08 16:53
Re: forma correcta de deducir una erogación..

[quote:ca88c4b4d9="marlou"]
....
Entonces analizando un poco más con la finalidad (siempre) de poder deducir. Yo creo se debe cancelar la fact. de los $14,200.00 y expedir varias dividiendo su importe en cantidades de $2000.00 o menos, y de esta manera poder expedirles sus respectivos cheques (no nominativos)para no incurrir en vilaciones al art. 31 fracc III LISR.
....
[/quote:ca88c4b4d9]

¿Y Usted que la rabia quedó eradicada? resulta que esa disposicion en su fraccion III, no se habla para nada de factura, chequele bien, se indica desembolso.

A mi juicio, las cosas que se haria, es dorar la pildora y no quedo solucionado.

Ahora si observa bien esa misma disposicion esa regulacion iria encaminada a normar los pagos en efectivo UNICAMENTE.

Lo que Ustedes proponen es hacer una COMPENSACION DE DEUDAS, lo cual jamas entraria dentro de esa disposicion.

LEASE ALGO AL RESPECTO A LO QUE SIGNIFICARIA PAGO = EXTINGUIR OBLIGACIONES El pago en efectivo no es la unica forma de liquidar o finiquitar deudas u obligaciones.

La Ley ISR no regularia el resto de las formas de pago, asi que si ha de formularse una forma distinta de pago, por favor, considere importante realizar un convenio de compensaciones y que ambas empresas firmen esos contratos, de manera fechada y con personal competente para que opere a entera satisfaccion por ambas partes y tambien para efectos fiscales.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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30/May/08 19:10
Re: forma correcta de deducir una erogación..

Tiene la opción que maneja enrique9727 de compensación y la que tú manejas de los 2,000, yo creo que con cualquiera de esas dos logras tu objetivo, pero yo creo que lo más importante aquí, y con todo respeto, es que si una persona se da de alta en el regimen intermedio y no quisiera abrir una cuenta bancaria, (aunque no dices porque no tiene) es mejor que sus ingresos los reciba de otra manera, sueldos, honorarios (asimilables), es decir, para mi no hay excusa que valga el no tener cuenta de cheques, digo, si ya invertiste dinero en un negocio.

Saludos
 
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migueljurado
Capitán Primero

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02/Jun/08 13:36
Re: forma correcta de deducir una erogación..

hola... gracias a uds. x su opinión.
Migueljurado, en respuesta a tu pregunta la persona de regimen intermedio no cree necesario abrir una cuenta bancaria "para no tener más problemas" 8O (ese es el motivo x el que no la tiene).

Tratare de resolver de la manera más conservadora de acuerdo a ley.
saludos....bye
 
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marlou
Sargento Segundo

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02/Jun/08 14:44
Re: forma correcta de deducir una erogación..

Buenas tardes

Checa bien la resolucion miscelanea, en ella se regula la compensacion como forma de extinguir obligaciones, has el convenio por escrito y listo, y respecto a la cuenta bancaria, dices que le expida cheques de 2,000.00 o menos para que no sea nominativo, pero de donde si no tiene cuenta bancaria, al menos eso entendi, si me equivoco corrigeme, ahora, su actividad empresarial no es muy dada a generar cantidades fuertes de efectivo, por que si no ya veo el colchon, tu como contador deberias de asesorarlo bien para que habriera una cuenta bancaria, puesto que te sirve a ti para transparentar el pago de impuestos, sobretodo del iva y ietu y no se diga de las deducciones fiscales.


espero que te sirva de algo mis comentarios, salu2
 
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josanlir1
Subteniente

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02/Jun/08 14:54
Re: forma correcta de deducir una erogación..

hola josanlir1, claro que me sirve tu comentario, y por supuesto que checaré la resolución miscelánea.
Y respecto a los cheques de $2000.00 en mi propuesta los expediría la empresa que yo asesoro, que es la de regimen general, a la empresa del intermedio que es quien realizo el trabajo y ya ellos simplemente los cobrarían en ventanilla.
GRACIAS...
 
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marlou
Sargento Segundo

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