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06/May/08 18:14
Jornada reducida y trabajador de varios patrones

Alguién me puede dar información de como se aplica la jornada reducida y como disminuir el costo cuando un trabajador cotiza con otro patron o patrones?
 
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MarcoASanchez
Cabo

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06/May/08 21:22
Re: Jornada reducida y trabajador de varios patrones

Cuando trabajan menos horas que las estipuladas por ley, se puede calcular un salario por la jornada aunque sea por pocas horas.
Cuando un trabajador cotiza con otros patrones se puede disminuir el costo cuando la suma de los dos rebase el tope.

Saludos :P
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
Teniente Coronel

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06/May/08 23:00
Re: Jornada reducida y trabajador de varios patrones

:| Buenas noches. "Normalmente" (sin que esto sea una regla), los trabajadores de semana reducida, cotizan con el SMG integrado.

Salute,
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
General de Brigada

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07/May/08 17:21
Re: Jornada reducida y trabajador de varios patrones

[quote:b50c4eda3c="MarcoASanchez"]Alguién me puede dar información de [color=green:b50c4eda3c]como se aplica la jornada reducida[/color:b50c4eda3c][/b:b50c4eda3c] y [b:b50c4eda3c][color=blue:b50c4eda3c]como disminuir el costo[/b:b50c4eda3c] [size=18:b50c4eda3c]cuando un trabajador cotiza con otro patron[/size:b50c4eda3c][/color:b50c4eda3c] o patrones?[/quote:b50c4eda3c]

[b:b50c4eda3c][color=green:b50c4eda3c]Si Usted, como patrón, [u:b50c4eda3c]NO cuenta con servicios subordinados con jornada reducidas[/u:b50c4eda3c] (menor al tiempo minimo por las distintas jornadas laborales de la LFT) [u:b50c4eda3c]NO DEBE cotizar con jornada reducida[/u:b50c4eda3c]. Debe pagar las aportaciones de seguridad, con salarios integrados conforme a la LSS.[/color:b50c4eda3c][/b:b50c4eda3c]

[b:b50c4eda3c][color=blue:b50c4eda3c]El hecho de que el trabajador tenga otro patrón, no le dá derecho a un segundo o tercer patron, a pagar menos cuotas de seguridad social, excepto por lo señalado en el art 33 LSS[/color:b50c4eda3c][/b:b50c4eda3c]

[b:b50c4eda3c][color=green:b50c4eda3c]Si su empleado o colaborador lo contratas con jornadas reducidas, entonces aplique las recomendaciones de los compañeros[/color:b50c4eda3c]
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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