24/Abr/08 11:54
Re: Duda en ingresos de asalariado
[quote:e5445c24cf="Lukard"]
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En la declaración informativa como pide datos relativos a la [color=indigo:e5445c24cf]previsión social [/color:e5445c24cf][/b:e5445c24cf]como son: [b:e5445c24cf][color=blue:e5445c24cf]fondo de ahorro, vales de despensa[/color:e5445c24cf][/b:e5445c24cf], [b:e5445c24cf][color=indigo:e5445c24cf]prima de seguro de vida, seguro de gastos médicos mayores y otros más [/color:e5445c24cf][/b:e5445c24cf]que menciona el anexo 1 del DIMM.
Con las prestaciones de previsión social que se mencionan en el párrafo anterior, este trabajador rebasó, los $400,000, pero todo ese importe esta exento de ISR, por lo que mi duda es:
¿Para determinar si un trabajador debe presentar declaración anual personal, se deben incluir las prestaciones de previsión social, que estan exentas de ISR, para compararlo con el límite de los $400,000?
[/quote:e5445c24cf]
[b:e5445c24cf][color=green:e5445c24cf]1.- Hay que tener encuenta que verdaderamente es un ingresos para el trabajador y que partidas serian prevision social.[/color:e5445c24cf][/b:e5445c24cf]
2.- Algunos colegas considerarian que [b:e5445c24cf][color=indigo:e5445c24cf]la prevision social es un ingreso para el trabajador[/color:e5445c24cf][/b:e5445c24cf], por ejemplo [b:e5445c24cf][color=indigo:e5445c24cf]prima de seguro de vida, seguro de gastos médicos mayores y otros más.... [/color:e5445c24cf]Entonces tambien debe incluirse el IMSS, SAR, INFONAVIT dentro de estas partidas de ingresos para el trabajador. Pero de una vez se incluirian tambien la depreciacion del comedor, aunque no se alimente en ese sitio, el estacionamiento publico, en su parte depreciable, el escritorio donde trabaja cuando no este laborando efectivamente o haga de buen uso de ese implemento de trabajo.
3.- Por otra parte, indicas partidas como fondo de ahorro, vales de despensa, en mi opinion, no debe formar parte de la prevision social, si seria remuneraciones al trabajador. Y estas si son de las partidas que serian ingresos para trabajador.
4.- Despues de delucidar que es el ingreso para el trabajador, entonces si se aplicaria la determinacion de impuestos.
5.- Si todavia tuvieras duda por lo que corresponde a ser ingreso, consulta una contancia de percepciones, que tradicionalmente un patron debe expedir a su colaborador o trabajador y que por costumbre en la generalidad casi nadie lo hace. En esta constancia vendria las percepciones exentas y las gravadas.
6.- En base a monto total de estos concepto, se estableceria la decision de señalar lo de los $ 400,000
7.- Ese anexo 1 DIMM, mas bien DIM. A mi parece un poco hecho como para ver quien dá sopa de mas, por lo que si lo empleo debo tener mucho cuidado, pues tendria que ver precisamente con lo que supuestamente tendria que retener como patron los impuestos de mis subordinados (asalariados) asi como los asimilables.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?