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23/Abr/08 12:46
$ 1,800 ó $1,000??

´
Buen día foristas.

Pongo a su consideración lo siguiente:
Estímulo de $1,800.- Aplicable a los asalariados (ingresos menores a $ 300, 000) obligados a presentar declaración anual.
Estímulo de $ 1,000.- Aplicable a los no asalariados. Requisito indispesable que sea FIEL en su declaración.

Un Contribuyente con sueldos y otra actividad le corresponden los $1,800.- ??

Gracias por sus aportaciones.
 
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cp_pavon
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23/Abr/08 13:18
Re: $ 1,800 ó $1,000??

[quote:9ab48448b1="cp_pavon"]´

Un Contribuyente con sueldos y otra actividad le corresponden los $1,800.- ??[/quote:9ab48448b1]

Si, si conserva los requisitos del decreto que extiende el derecho de ese credito fiscal.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Abr/08 10:48

YO SI LO APLICO.

PORQUE NO DICE: EXEPTO QUE TENGA OTROS INGRESOS
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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24/Abr/08 11:10
Re: $ 1,800 ó $1,000??

[quote:e2aaa47f26="cp_pavon"]´
[color=green:e2aaa47f26]Un Contribuyente con sueldos[/color:e2aaa47f26][/b:e2aaa47f26] [b:e2aaa47f26][color=indigo:e2aaa47f26]y otra actividad [/color:e2aaa47f26][/b:e2aaa47f26][b:e2aaa47f26][color=blue:e2aaa47f26]le corresponden los $1,800[/color:e2aaa47f26][/b:e2aaa47f26].- ??
[/quote:e2aaa47f26]

Esta es una facilidad por ahi CHAVALON ya la ha mostrado recientemente, busquese la regla y lease.

En años pasados, si la he podido aplicar con salarios [b:e2aaa47f26][color=indigo:e2aaa47f26]y otras actividades[/color:e2aaa47f26], en la actualidad habria que vigilar si se conserva la facilidad bajo el mismo tenor.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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25/Abr/08 18:20
Re: $ 1,800 ó $1,000??

Yo entiendo lo siguiente..

Asalariados obligados a presentar declaración anual ( o sea que este estímulo es solo para asalariados ) ...cuando tienen obligación de presentar declaración....

y cuando tienen obligación?

1.- cuando tienen ingresos de dos patrones
2.- cuando no trabajaron todo el año...
3.- ? ? ??

cuando tengo otra actividad tengo obligación por la actividad que tengo registrada ante el SAT no por ser asalariado...

bueno eso entiendo yo...

por favor ilustrenme un poco si estoy mal en mi criterio..
 
MLUNA. Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
 
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mluna
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25/Abr/08 18:25
Re: $ 1,800 ó $1,000??

Un ejemplo.

un asalariado que gana menos de 300,000.00 avisa a su patron que va a presentar su declaración anual para hacer deducciones personales...

aunque este contribuyente es asalariado, gana menos de 300,000.00 no lleva el estímulo porque el esta optando por presentar la decralación pero no esta obligado a hacerla...

comentarios...
 
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mluna
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26/Abr/08 12:50
Re: $ 1,800 ó $1,000??

[quote:438deb0017="mluna"]Yo entiendo lo siguiente..

Asalariados obligados a presentar declaración anual ( o sea que este estímulo es solo para asalariados ) ...cuando tienen obligación de presentar declaración....

y cuando tienen obligación?

1.- cuando tienen ingresos de dos patrones
2.- cuando no trabajaron todo el año...
3.- ? ? ??

cuando tengo otra actividad tengo obligación por la actividad que tengo registrada ante el SAT no por ser asalariado...

[size=18:438deb0017]Hola Mluna:

Yo hice una consulta al sat ya que tengo un contribuyente que tiene ingresos por salarios y otro por regimen intermedio, por salario no rebasa los 300,000.00, Pregunte si puedo aplicar el estimulo de los 1800 o de los 1000 y me dijeron que el de 1,000 .
Saludos[/size:438deb0017]
bueno eso entiendo yo...

por favor ilustrenme un poco si estoy mal en mi criterio..[/quote:438deb0017]
 
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REMN
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26/Abr/08 21:40

Aplica el estimulo de $1,800.00
 
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Mem
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26/Abr/08 21:44

El año pasado hubo un tópico muy parecido, donde yo erroneamente expresaba que si era asalariado con ingresos de otro capitulo no aplicaba el estimulo de $1,800.00

Por ejemplo:
Salarios y arrendamiento.
Salarios e intereses
Salarios y honorarios
Salarios e intermedio
Salarios y régimen general
Salarios y dividendos
Etc.

Alguien atinadamente transcribio la exposición de motivos del decreto del 23 de abril y se fundamento que si aplica el estimulo de $1,800.00 aunque tengas ingresos combinados de salarios y otros capitulos.

Saludos
 
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Mem
Teniente Coronel

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26/Abr/08 22:03
Re: $ 1,800 ó $1,000??

[quote:77aff1aff9="cp_pavon"]´
Buen día foristas.

Pongo a su consideración lo siguiente:
Estímulo de $1,800.- Aplicable a los asalariados (ingresos menores a $ 300, 000) obligados a presentar declaración anual.
Estímulo de $ 1,000.- Aplicable a los no asalariados. Requisito indispesable que sea FIEL en su declaración.

[color=red:77aff1aff9]Un Contribuyente con sueldos y otra actividad le corresponden los $1,800.- ??[/color:77aff1aff9]

Gracias por sus aportaciones.[/quote:77aff1aff9]

SÍ, SI LE CORRESPONDEN LOS $ 1,800.00 DE ACUERDO A LO SIGUIENTE:

R.M.F. 2007-2008

3.13.4. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 110, primer párrafo y fracción I de la Ley del ISR, que en el ejercicio fiscal de 2006 hubieran obtenido ingresos acumulables [color=red:77aff1aff9]que no excedan de $300,000.00 [/b:77aff1aff9][/color:77aff1aff9]y que de conformidad con las disposiciones fiscales [color=red:77aff1aff9][b:77aff1aff9]se encuentren obligados a presentar declaración anual [/b:77aff1aff9][/color:77aff1aff9]por el citado ejercicio fiscal en el que resulte impuesto a pagar, podrán aplicar el beneficio establecido en el Artículo Noveno del Decreto por el que se exime del pago de contribuciones federales, se condonan recargos de créditos fiscales y se otorgan estímulos fiscales y facilidades administrativas a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 23 de abril de 2003.

DECRETO DE FACILIDADES ADMIVAS 23 DE ABRIL 2003

CONSIDERANDOS:
“Que para los efectos del impuesto sobre la renta, los trabajadores tienen derecho a un crédito al salario, siendo decreciente para los de mayores ingresos de tal forma que aquellos trabajadores que obtienen ingresos por concepto de salarios y tienen ingresos acumulables mayores a $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) y que están obligados a efectuar declaración anual no tienen derecho a dicho crédito. Sin embargo, existen trabajadores que perciben ingresos por debajo de dicho monto [color=red:77aff1aff9][b:77aff1aff9]pero que tienen obligación de presentar declaración anual del impuesto sobre la renta [/b:77aff1aff9][/color:77aff1aff9]por percibir sus ingresos de más de un patrón, [color=red:77aff1aff9][b:77aff1aff9]por obtener ingresos distintos de salarios[/b:77aff1aff9][/color:77aff1aff9], por dejar de trabajar antes del 31 de diciembre, entre otros, perdiendo con ello el beneficio del crédito y, en consecuencia, viendo disminuida su capacidad económica, por lo que se estima necesario eximir del pago del impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2002, hasta por un monto equivalente al crédito al salario que haya calculado el empleador por dicho ejercicio, a los trabajadores que deben presentar declaración anual y que obtengan ingresos anuales hasta de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.)”;

ART. NOVENO
Los contribuyentes que obtengan ingresos por salarios, que en el ejercicio fiscal de 2002 hayan obtenido ingresos acumulables menores a $300,000.00 [color=red:77aff1aff9][b:77aff1aff9]y se encuentren obligados [/b:77aff1aff9][/color:77aff1aff9]a presentar declaración anual por el ejercicio 2002 en la que resulte impuesto sobre la renta a pagar, se les exime del pago de dicho impuesto hasta por una cantidad igual al crédito al salario calculado por el patrón o los patrones en dicho ejercicio, sin que la exención exceda de $1,800, por el excedente se deberá pagar el impuesto.

LIGA ARTÍCULO DE FISCALIA:
http://www.fiscalia.com/modules.php?name=News&sid=2204&mode=thread&order=0&thold=0&file=article&#7.2

AL TENER OTRA (S) OBLIGACION (ES) ADEMÁS DE LA DE SALARIOS, [color=red:77aff1aff9][b:77aff1aff9]ESTÁS OBLIGADO A PRESENTAR DECLARACIÓN ANUAL [/color:77aff1aff9]AÚN Y CUANDO NO REBASES LOS $ 300,000.00 DE INGRESOS POR SUELDOS.

SALUDOS
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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