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07/Abr/08 14:43
IMPUESTO SOBRE REMUNERACIONES AL TRABAJO PERSONAL

Buenas tardes,

Para solicitar su ayuda, en el Art.3 Capítulo II Título Segundo de la Ley de Ingresos de Baja California, se establece el pago del 1.80% sobre las remuneraciones al trabajo personal.

Mi duda es, dónde se establecen los procedimientos para el cobro, fecha de pago, base, etc.

Muchas gracias por su ayuda,
 
Haz lo que puedas, pide lo que no puedes, Dios te dará para que puedas!!! San Agustín
 
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amigodetodos
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07/Abr/08 15:30

Por simple lógica la misma ley de ingresos que se señala.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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07/Abr/08 16:11
Re: IMPUESTO SOBRE REMUNERACIONES AL TRABAJO PERSONAL

Muchas gracias Enrique, ya lo tengo lo contempla La Ley de Hacienda del Estado de Baja California.

Saludos cordiales,
 
Haz lo que puedas, pide lo que no puedes, Dios te dará para que puedas!!! San Agustín
 
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