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02/Abr/08 23:46
Un prestamo a largo plazo entra para el ajuste anual?

Un prestamo que se va a pagar hasta dentro de 5 años entra para el ajuste anual como una deuda.

El prestamo me genera una deuda muy grande y es que se va a empezar a pagar hasta dentro de 5 años por lo que ahi va a estar???

Gracias por sus comentarios
 
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REMN
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03/Abr/08 10:22
Re: Un prestamo a largo plazo entra para el ajuste anual?

Seria bueno que nos comentes tus apreciaciones con respecto a la lectura del art 48 LISR.

Estaremos en la espera de esos comentarios
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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03/Abr/08 10:50
Re: Un prestamo a largo plazo entra para el ajuste anual?

[quote:68642e21a0="enrique9727"]Seria bueno que nos comentes tus apreciaciones con respecto a la lectura del art 48 LISR.

Estaremos en la espera de esos comentarios[/quote:68642e21a0]

Hola:

Artículo 48. Para los efectos del artículo 46 de esta Ley, se considerará deuda, cualquier obligación
en numerario pendiente de cumplimiento, entre otras: las derivadas de contratos de arrendamiento
financiero, de operaciones financieras derivadas a que se refiere la fracción IX del artículo 22 de la
misma, las aportaciones para futuros aumentos de capital y las contribuciones causadas desde el último
día del periodo al que correspondan y hasta el día en el que deban pagarse.
[size=18:68642e21a0]También son deudas, los pasivos y las reservas del activo, pasivo o capital, que sean o hayan sido
deducibles[/size:68642e21a0]. Para estos efectos, se considera que las reservas se crean o incrementan mensualmente y
en la proporción que representan los ingresos del mes del total de ingresos en el ejercicio.

Al observar la redaccion del articulo 48 habla de que tambien son deudas los pasivos que hayan sido deducibles a qui no distingue si es a corto o a largo plazo por lo que se puede interpretar que un pasivo a largo plazo si entraria al ajuste anual como una deuda.

Aqui lo que pasa es que esta deuda la voy a estar llevando por 5 años hasta que se empieze a liquidar ese pasivo.

Saludos enrique y gracias, espero un comentario
 
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REMN
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03/Abr/08 11:24
Re: Un prestamo a largo plazo entra para el ajuste anual?

[color=green:e99c50348a]Hola REMN:

Concuerdo con tus comentarios, pero recomiendo tomar con mayor antención, lo que te marco de la disposición que aportas:

[/color:e99c50348a][/b:e99c50348a]

[b:e99c50348a][color=red:e99c50348a]Artículo 48 LISR[/color:e99c50348a][/b:e99c50348a]. Para los efectos del artículo 46 de esta Ley, [b:e99c50348a][color=indigo:e99c50348a]se considerará deuda[/color:e99c50348a][/b:e99c50348a], [color=green:e99c50348a][size=18:e99c50348a]cualquier obligación en numerario pendiente de cumplimiento[/size:e99c50348a], entre otras: las derivadas de contratos de arrendamiento financiero, de operaciones financieras derivadas a que se refiere la fracción IX del artículo 22 de la misma, las aportaciones para futuros aumentos de capital y las contribuciones causadas desde el último día del periodo al que correspondan y hasta el día en el que deban pagarse[/color:e99c50348a].

[b:e99c50348a][color=blue:e99c50348a]Con lo anterior se quiere indicar, que si en la contabilidad del contribuyente se registra alguna obligación o deuda, ya procede aplicarse para este ajuste de inflación del art 46 LISR. Pero además si se omite registrarse, pero si procede pagarse esa deuda, deba aplicarse estos montos omitidos en la contabilidad para efectos de este ajuste de inflación.

Con lo que te remarqué en letras verdes, dan un indicio muy categórico de que sería deuda para efectos del ajuste de inflación, sin dejar muchas dudas al respecto.

No sé si todavía se tenga comentarios adicionales.

[/color:e99c50348a]
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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04/Abr/08 9:51

OK, Enrique gracias y saludos
 
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