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18/Mar/08 12:16
Que procede en este caso

Que tal compañeros del foro, pues ahora con otra situación:
Resulta que se dió de alta a una empleada desde enero su nombre con el que se diò de alta es Ma. Guadalupe y resulta que pues obvio, olvido o flojera nunca se cotejaron las liquidaciones del Seguro contra las determinadas por la empresa y el Seguro no estaba cobrando las cuotas de dicha persona, porque? pues no por buena onda, sino porque no estaba dada de alta con ese nombre y tampoco (otro erro) se revisò el acuse de recepción del IDSE en el cual nos mencionaba que estaba rechazado el movimiento porque dicha persona no se encontraba en la B de D.
Bueno, ahora que la persona fué a consulta pues resulta que le negaron el servicio porque no estaba dada de alta, se habló al instituto y se les comentó la situación (como se hace aquì), me comentaron que se tendrá que dar de alta otra vez al empleado con su nombre de Maria Guadalupe
pero con la fecha de inicio es decir desde enero ¿?
Que me recomiendan hacer en este caso.
Por sus atenciones, muchas, pero muchas gracias
 
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DAMIAN23
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18/Mar/08 19:42
Re: Que procede en este caso

:idea: Buenas tardes. URGE que de de alta a esa trabajadora. La fecha de alta, DEBE ser la real. Hable con ella y expliquele el motivo del problema. Debe ser capaz de entender la situacion. Pero apúrese, antes de que suceda otra cosa.

Ya nos platicará.

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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19/Mar/08 11:22
Re: Que procede en este caso

el lic ya dio el comentario completisimo.

El IMSS deberia darlo de alta en automatico si ya recibio dinero a una cuenta NSS. ¿O este tambien esta equivocado?

Pero no les conviene a sus intereses, prefieren que el mundo ruede mas lento y mas despacio en su favor.


La SHCP da de alta obligaciones no informadas, cuando se les paga conceptos de este tipo, de manera automatica proceden la alta. Asi obligan al contribuyente a rectificar doble error en su caso, o se queda como bueno el movimiento efectuado.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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21/Mar/08 17:08
Re: Que procede en este caso

Mi lic. Pepesoto y Quique, les comento, que acudí al IMSS (ofnas porsupuesto) y resulta que según ellos debo darla de alta con la fecha de enero a lo que les comente que entonces me multarían porque ya era extemporáneo, el señor que me atendió me dijo que nop, que como ya había pagado las cuotas no habría multa, le comente que por las cuotas no habría problemas sino por la extemporaniedad del moviemiento, es decir ya eran mas de cinco dias para darla de alta, me dijo que no habría dicho problema, le comente que si me podía dar por escrito eso y me dijo que nop, entonces quedó en que darlo de alta con fecha de enero tal y como aparece el nombre en su primer alta, despues, el trabajador tendría que acudir con su acta de naciemineto a que le corrijieran dicho problema y tantan, fin del asunto.
Como la ven?
 
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DAMIAN23
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22/Mar/08 19:32
Re: Que procede en este caso

la multa puede llegar y estarian en su derecho en emitirla, pero si ya se subsano el error de manera espontanea, su multa se la deben tragar y cancelar, pues no medio requerimiento y no estaria fundamentada o motivada por un requerimiento previo

La alta no la deben negar, deben procederla a tramitarla, si niegan el tramite que ellos documenten por escrito o Usted, inique que tramite pretende realizar y no le reciben, para deslidar las responsabilidades a quien le competa.

Pero dirijase con los de arriba, son mas razonables sus argumentos y sus actuaciones, los de abajo, solo siguen linea, no piensan, ni tienen por que pensar. Aun que creo que en esto ultimo exageran.
 
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enrique9727
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23/Mar/08 22:54
Re: Que procede en este caso

:? Buenas noches. Para que el imss le imponga una multa, debe conocer que el trabajador no está dado de alta. Usted haga el movimiento que será extemporáneo, cierto, pero le repito que como el imss no se ha dado cuenta que no está dado de alta, no le multarán. Tambien es cierto que hay muchas formas de que el imss se de cuenta, x eso mi urgencia de que haga el movimiento YA!

El Lic.






PD. Si yo fuera el empleado del imss, le hubiera tomado en ese momento todos los datos de usted y del trabajador. Luego, sin decirle nada a usted, me comunico a auditoria a patrones para que le lancen la multa de inmediato, antes de que lo de de alta................... AGUAS...... :?
 
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pepesoto
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24/Mar/08 11:59
Re: Que procede en este caso

Hola:

Pues a mi me a tocado, que han llegado multas por aviso extemporaneo, que no se habia dado cuenta el IMSS. Argumentan que se dieron cuenta con el mismo aviso que surte efecto la alta, efectuado por el PATRON. Claro que son cancelados. Los envian para ver si el chicle pega.

Por otra parte, el patron no es la unica persona que debe dar de alta al trabajador. El trabajador mismo puede darse de alta a si mismo. Y asi... si procede la multa.

Los retrogradas del IMSS, en vez de indicarle al trabajador, dese de alta y lo atendemos de inmediato. Operan bajo un esquema contrario de lo que deberian proteger. Sin embargo, existen pocos trabajadores, insistentes en hacer valer sus derechos y logran darles el servicio correspondiente. Deberian los del IMSS, tener un modulo para protegerse a estos trabajadores no dados de alta apropiadamente y atenderlos, pues no es culpa de los trabajadores.
 
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enrique9727
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