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07/Mar/08 12:54
Disminución de pagos prov de contribuyentes dictaminados

El artículo 2.4.11 de la Ley de Ingresos 2007, establece que los contribuyentes dictaminados que durante 2007 y 2008 hayan realizado sus pagos provisionales de ISR correctamente, tendrán derecho a un estímulo fiscal equivalente al 0.5% del resultado fiscal de 2007, mi duda es como se calcula el estimulo y como se registra contablemente:

Resultado fiscal
Amortización de pérdidas de ejercicios anteriores
Utilidad fiscal antes de disminuir PTU deducible
PTU deducible
Utilidad Fiscal
Tasa
ISR causado

Se calcula sobre el resultado fiscal, o sobre al utilidad fiscal??? antes o después de PTU???
Se disminuye el estimulo del ISR causado???
Se registra como un ingreso no acumulable???

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fiscalista75
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07/Mar/08 17:39
Re: Disminución de pagos prov de contribuyentes dictaminados

Me parece que este estimulo fiscal apareceria vigente en la LIF, habria que investigarse su forma de manifestarse en esa Ley.

Mientras que la RFM, para mi no me pareciera una facilidad, pues la LIF ya señala ese beneficio, mas bien seria una dispocision aclaratoria

El artículo 2.4.11 de la Ley de Ingresos 2007, establece que los contribuyentes dictaminados que durante 2007 y 2008 hayan realizado sus pagos provisionales de ISR correctamente, [color=green:02eabac6e8]tendrán derecho a un estímulo fiscal equivalente al 0.5% del [u:02eabac6e8]resultado fiscal [/u:02eabac6e8]de 2007[/color:02eabac6e8][/b:02eabac6e8], [b:02eabac6e8][color=blue:02eabac6e8]mi duda es como se calcula el estimulo y como se registra contablemente[/color:02eabac6e8][/b:02eabac6e8]:

[b:02eabac6e8][color=indigo:02eabac6e8]Pienso que si es un estimulo fiscal asi lo indica LIF 2007, y para efectos contable debe registrase por medio de cuentas de orden como cualquier partida en conciliacion contable fiscal, serian partidas que difereria con respecto al resultado contable.[/color:02eabac6e8][/b:02eabac6e8]

[b:02eabac6e8][color=green:02eabac6e8]Resultado fiscal [/color:02eabac6e8]
Amortización de pérdidas de ejercicios anteriores
Utilidad fiscal antes de disminuir PTU deducible
PTU deducible
Utilidad Fiscal
Tasa
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Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Feb/23 23:13
Re: Disminución de pagos prov de contribuyentes dictaminados

Se calcula sobre el resultado fiscal, o sobre al utilidad fiscal?
R=La regla lo dice claramente: Resultado Fiscal

antes o después de PTU???
R=La PTU forma parte del resultado fiscal?

Se disminuye el estimulo del ISR causado?
R=Idem respuesta anterior.

Se registra como un ingreso no acumulable?
R=Los temas fiscales no implican un registro contable, lo mismo pasa con la Cufin, Cuca, Ajuste de inflación, no implican registro, pero se pueden llevar en cuentas de orden si se desea.

Si la pregunta es si debe ser ingreso acumulable, lo será excepto si el propio estímulo señale que no.

Finalmente, no le veo el sentido a usar 3 signos de interrogación, no está previsto su uso en la RAE.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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