27/Feb/08 11:59
Re: Convenios de pago de cuotas de personas que no son traba
Muy interesante la pregunta de clasico. Y la verdad pudiese ser mas comun, de lo que pareciera. Definitivamente habria establecer un parqueaguas de lo que es subordinacion de lo del servicio independiente.
Pero se debe vigilar que se conserve la certidumbre juridica. Sin que se mermen, los derechos de las contrapartes.
Pudiese haber una obligacion en el contrato mercantil de que el "patron" o beneficiario del servicio, tenga que liquidar la seguridad social, pero si no se establece, en el contrato. ¿No se estaria malintepretandose, despues como un derecho laboral?
Este punto es como para dejarlo bien definido en el contrato mercantil, si es que se otorga, con el fin de que no exista alguna contradiccion o equiparamiento a otro tipo de contratacion.
Los contribuyentes desarrollan hechos, y conforme a sus hechos o actividades, que despues procederian tributarian. Y no a manera de sentimientos procederia tributarse. Debe plasmarse categoricamente que tipo de contracion y que hechos le competeria efectuar conforme a los acuerdos estipulados.
La LFT obliga al patron a otorgar a sus colaboradores, las prestaciones de seguridad social. Pero el estado es la figura que otorgaria estos beneficios de seguridad social. Entonces la LSS permite permutarle al patron esta obligacion mediante el pago de cuotas obrero patronales.
Pero comenta clasico.... no se aplicaria sobre el REGIMEN OBLIGATORIO, seria bajo el REGIMEN VOLUNTARIO... pero entonces ahora habria que vigilar, si no se produce un vicio en el contrato mercantil o peor aun, que se le de existencia a otro contrato laboral, ya que este ultimo contrato no requiere ser manifestado por escrito, para su subsistencia.
¿Pero se estaria tributando en el regimen voluntario bien? ¿Y en el contrato mercantil se establece este beneficio, ademas del convenio ante el IMSS comentado?
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?