08/Jun/04 14:04
BUENAS TARDES, ALGUIEN PODRÍA ORIENTARME, UNA SOCIEDAD ANONIMA SE ACABA DE CONSTITUIR EN MARZO 25 DEL 2004, PARA EL PAGO DE IMPUESTO DE ISR ME QUEDA CLARO QUE NO SE TIENE LA OBLIGACIÓN HASTA EL SIGUIENTE AÑO POR SER INICIO DE OPERACIONES EN BASE AL ARTÍCULO 14 DE LA LISR, SIN EMBARGO PARA EL PAGO DEL IVA QUE DEBO HACER YA QUE SON DECLARACIONES DEFINITIVAS, SE DEBEN HACER SIN IMPORTAR QUE SEA INICIO DE ACTIVIDADES?
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newuser
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08/Jun/04 14:08
ES CORRECTO, EN LA LISR SI TE ACLARAN QUE NO DEBES HACER PAGOS PROVISIONALES, PERO EN IVA SI HAY QUE HACERLOS, AUN CUANDO CABAS DE INICIAR OPERACIONES
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WILLIAMCH
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08/Jun/04 15:07
Re: DUDAS EN IVA
Como bien lo menciona para efectos de ISR no tienes ninguna obligacion, pero para IVA si ya tienes operaciones (Gastos) te quedara un IVa a favor el cual debes de manifestar en el portal bancario y en caso de que no tengas ninguna actividad (Ingresos o gastos) solo presentaras la estadistica pero mes con mes.
Saludos
Marco Antonio
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Marco_a
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08/Jun/04 23:32
Re: DUDAS EN IVA
para la sociedad que se acaba de constituir en marzo, en cuanto al pago de su iva, claro que deberá de presentar sus declaraciones mes a mes de acuerdo al art. 5? liva
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sareli
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09/Jun/04 9:54
No se tiene la obligacion de pago de ISR pero si se tiene la obligacion de presentar estadistica por este motivo.
'La verdadera sabiduría está en reconocer la propia ignorancia'.
www.aportacionesfiscales.com
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ramiro9
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09/Jun/04 10:02
mmmm, alla si opino distinto con Ramiro9 ya que el ultimo parrafo del 14 de LISR menciona "... no deberan presentar declaracion de pagos provisionales en el ejercicio de iniciacion de operaciones ..."
Y la estadistica, es una declaracion.
me gustaria saber la opinion de los demas, saludos.
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WILLIAMCH
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09/Jun/04 10:09
Re: DUDAS EN IVA
Totalmente de acierdo contigo willimach, no tiene que presentar pagos provisionales en el ejercicio de operaciones con fundamento a lo que mencionas, y resulta asi, porque no hay base para el calculo de provisionales, al no existir base de conformidad con el procedimiento señalado para los efectos, no existe calculo y por ende te exime de la obligacion de presentar provisionales. Ojo solo de ISR, esto no aplica en IVA ni en retenciones y entero de las mismas.
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Coaarb01
Cabo
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09/Jun/04 10:10
Re: DUDAS EN IVA
Saludos colegas...!!
Estoy de acuerdo con "WILLIAMCH" no se tiene ninguna obligación de pagos provisionales de ISR, ni estadisticos... solo para la anual...!!!
:evil: ME GUSTARÍA SER TÚ... PARA TENER UN AMIGO COMO YO...!!!
http://groups.msn.com/AportacionesFiscales
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Alucard
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09/Jun/04 15:32
[color=blue:b10e5b232b]El artículo 5 de la LIVA, dice:
CALCULO MENSUAL DEL IMPUESTO[/b:b10e5b232b]
Artículo 5.- El impuesto se calculará por cada mes de calendario, salvo los casos señalados en el artículo 33 de esta Ley.
[b:b10e5b232b]PAGO DEL IMPUESTO EN LA ENAJENACION DE BIENES O PRESTACION DE SERVICIOS EN FORMA ACCIDENTAL
Artículo 33.- Cuando se enajene un bien o se preste un servicio de forma accidental, por los que se deba pagar impuesto en los términos de esta Ley, el contribuyente lo pagará mediante declaración que presentará en las oficinas autorizadas, dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquel en el que obtenga la contraprestación , sin que contra dicho pago se acepte acreditamiento. En las importaciones ocasionales el pago se hará como lo establece el artículo 28 de esta Ley. En estos casos no formulará declaración mensual ni llevará contabilidad; pero deberá expedir los documentos que eñala la fracción III del artículo anterior y conservar la documentación correspondiente durante 5 años.
Por lo tanto, la obligación de presentar declaración de IVA a partir del inicio de operaciones, queda definida en los artículos que anteceden.[/color:b10e5b232b]
jhiguera
Hoy es el mejor día de tu existencia; se feliz.
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JHiguera
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10/Jun/04 3:35
muy cierto por ser tu año de inicio no hay provisional de isr pero de iva si aun sea en ceros
pero ojo cuando estes en tu 2o año pues esto le pasa a tu 1er pago prov de isr (en 2005 claro)
art 14 lisr fracc I 3er parrafo
Primer pago provisional del segundo ejercicio fiscal
"Tratándose del segundo ejercicio fiscal, el primer pago provisional comprenderá el primero, el segundo y el tercer mes del ejercicio, y se considerará el coeficiente de utilidad fiscal del primer ejercicio, aun cuando no hubiera sido
de doce meses."
saludos
"La certidumbre de que todo esta escrito nos anula o nos afantasma"
Jorge Luis Borges, "La Biblioteca de Babel"
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kreator
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