27/Dic/07 14:41
Re: cambio de domicilio
Hola mmovil:
No te preocupes por el escrito libre, no te servirá más que para dos cosas. Para Nada y para Nada.
Se debe formular el aviso patronal AFIL-01 (formato color verde), además de indicar la "nueva" clasificación de riesgos (formato de Inscripción de las Empresas y Modificaciones en el Seguro de Riesgos de Trabajo), presentar el movimiento relizado ante hacienda por el cambio domicilio, poder del representante legal del patrón, acta constitutiva de la compañía o patrón, comprobante domicilio del patrón e identificación oficial con fotografía del representante legal. Llevar el ultimo pago efectuado que muestre que se encuentra al corriente en el pago de cuotas, o convenio vigente en su defecto. Llevar copias fotoestática de toda documentación anterior.
No tener adeudos o conseguir el visto bueno del "departamento de Cobranza", de tu actual subdelegación, aún y cuando se quede en la misma subdelagación por ese nuevo domicilio. Si hay requerimientos, pués aclararlos antes, pero el visto bueno (VoBo) no lo entregan y no se hacen los pagos o las aclaraciones pertinentes por esas liquidaciones o requerimientos (si se tienen).
¿Que pasaría, si no se realiza el cambio de domicilio? Le suspenden el servicio a los trabajadores, por no reportar el domicilio nuevo por parte del patrón. Luego empienzan los problemas laborales.
¿cuánto tiempo darían oportunidad? Sería variable de dos o hasta tres meses, si se encuentran al corriente en los pagos del IMSS.
PD por lo menos así de caninos se ponen por acá en el Norti...
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?