26/Dic/07 19:16
Re: IETU **DEVENGADOS*
Hola:
Respecto a que no son deducibles para IETU en 2008 los pagos correspondientes a erogaciones DEVENGADAS con anterioridad a 2008.
¿ A qué se refiere exactamente con DEVENGADAS ?..... [/quote:4d6ad910bb]
DEVENGADO= Que se procedió a cargarse a resultados en 2007 o en ejercicios anteriores, pero que no han sido pagadas al 31 de Dic 2007.
[quote:4d6ad910bb]
....
¿ Si una persona Moral, dedujo en 2007 para ISR compras o gastos a personas Morales entiendo que en 2008 cuando pague ya no es deducible, pero que pasa con operaciones contratadas con una persona física o SC ? si lo paga en 2008 en teoría es deducible para IETU, porque no lo aprovechó para ISR EN 2007. [/quote:4d6ad910bb]
La SC (SOCIEDAD CIVIL supongo) es una persona moral que tributa bajo el regimen de flujo de efectivo y no conforme a lo devengado.
[quote:4d6ad910bb]Igualmente qué pasa con todo lo que las personas físicas contraten en 2007 (que les den facturas) y lo paguen hasta 2008 ??
Depende del tipo de tributación que se encuentre en el ISR, si tiene el tratamiento fiscal via flujo de efectivo, seria exactamente como en el ejemplo que se propone de la SC (Sociedad Civil)
Por Ejemplo:
Persona Física: Salarios, honorarios, arrendamientos, dividendos, regimen intermedio, regimen simplificado.
Persona Moral: regimen simplicado, sociedad moral con fines no lucrativos = SC, AC
En estos casos, se tributa conforme a cobros/ pagos efectuados efectivamente, para efectos de ISR. Por lo tanto, no habria problemas de transicion para efectos de IETU. Es decir para IETU se gravaria, en el mismo momento, que para ISR.
Pero si se cuenta con un tratamiento fiscal en donde las devengaciones en las acumulaciones y deducciones no son correspondientes al 100% conforme a lo cobrado/pagado.
Como PF actividad empresarial regimen general y las personas morales como la SA.
Lo que se pague/cobre en 2008, por partidas generadas antes del 1 de Enero 2008, no serian deducibles/ni acumulables, según sea el caso, para el IETU en 2008.
Es decir, se busca que exista una simetría fiscal en el propio contribuyente. ISR vs IETU. Y no una simetría fiscal vs otro contribuyente.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?