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13/Dic/07 10:08
IETU. Crédito fiscal por pérdidas

El artículo 11 del IETU señala la posibilidad de pérdida por exceso de deducciones en el ejercicio, mismo que una vez aplicada la tasa del 16.5% (2008) podrá acreditarse tanto en pagos provisionales como en anual tanto para ISR como para IETU posterior.

Mi empresa cobrará durante enero y mitad de febrero facturas emitidas a crédito en 2007, y en cambio paga todo al contado, lo que arrojaría una pérdida para IETU tanto en Enero (muy grande) como en Febrero. Art 8 y 9 transitorios.

Teóricamente debiera de aplicarse esa pérdida en los pagos provisionales siguientes, sin embargo se menciona únicamente la pérdida POR EJERCICIO. Por lo que dicha pérdida de enero de 2008 no podría aplicarla en los siguientes meses del mismo año, sino en todo caso, hasta los provisionales del 2009.

Me gustaría saber su opinión y si existe algo que yo desconozca para poder aplicar las pérdidas de enero y febrero en los siguientes meses.
 
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MOREMICH
Soldado

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13/Dic/07 11:20
Re: IETU. Crédito fiscal por pérdidas

MOREMICH:

EN LOS PAGOS PROVISIONALES DEL IETU SE "ACUMULAN" TANTO LOS INGRESOS COMO LAS DEDUCCIONES, DESDE EL PRIMER MES, HASTA EL QUE SE VAYA A CALCULAR EL IMPUESTO.

DADO LO ANTERIOR, SI EN LOS MESES DE ENERO Y FEBRERO TUVISTE MAYORES DEDUCCIONES QUE INGRESOS, ENTONCES POR ESOS MESES NO HAY PAGO DE IETU; SE PAGA ISR, EN SU CASO.

SI EN EL MES DE MARZO TUS INGRESOS SON SUPERIORES A TUS DEDUCCIONES, AL SUMAR DESDE ENERO A MARZO, "AUTOMÁTICAMENTE" SE "AJUSTAN" LOS MISMOS Y POR LA DIFERENCIA EN CONTRA, SI EXISTIERA, SE PAGARÍA EL 16.5 % DE IETU.


LIETU

ARTÍCULO 9. 3er.. PÁRRAFO

El pago provisional se determinará restando de la totalidad de los ingresos percibidos a que se refiere esta Ley en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponde el pago, las deducciones autorizadas correspondientes al mismo periodo.


SALUDOS
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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13/Dic/07 16:05
Re: IETU. Crédito fiscal por pérdidas

MOREMICH:

Me parece que el credito a que haces referencia no puede ser aplicado en los pagos provisionales de Ene a Dic de 2008, pues no hay ni habria IETU en 2007.

Ese credito seria aplicable cuando se realice un calculo anual, entonces si se sabria si hay mas deducciones autorizadas superiores a los ingresos acumulables, y ahi se obtendria un exceso de deducciones sobre ingresos, que debe ser aplicado a partir del proximo ejercicio en la oportunidad se presente. Lo que provocaria una ausencia de base para IETU y el impuesto causado seria 0, como bien lo señalas. Debido a que la empresa invirtio en mayor cuantia que sus ingresos obtenidos.

Por lo tanto como indica CHAVALON, los calculos de pagos provisionales, seria acumulativos, tanto en los ingresos y las deducciones, lo cual ya se estaria aplicando de manera intrinseca esos creditos fiscales que mencionas mes a mes. No asi cuando se corta el ejercicio para con el proximo ejercicio subsecuente.

Lo que comentas seria para darle un corte al ejercicio por ejemplo 2008 y luego que pasaria con los excesos de deducciones (especie de perdidas por efectivo) pues asi darle un efecto inclusion en la determinacion del IETU para el proximo ejericio (2009)
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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13/Dic/07 16:09

Técnicamente yo no le llamaría crédito fiscal por pérdidas... no son pérdidas fiscales. Pero casi casi tendrian ese efecto.

Como a penas nace el IETU, por eso no quieren que nazca con un efecto negativo de "perdidas pasadas". Buscan un año de transicion lo menos posible gravaso para el contribuyente y otorgan esos creditos fiscales del Decreto del 5 de Nov pasado.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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