04/Dic/07 13:51
Re: venta de casa habitacion que recibe como donacion un rep
¿Pero era o no, propiamente del mismo contribuyente hace cinco años?, o ¿cuando se procedió con la donación, hace 5 años?, entonces ambos ingresos serían con no pagos de impuestos, el de la donación y el de la venta.
Si en la primera ocasión ya no era casa de la finada (grandma), entonces tampoco procedería declararse en fechas recientes, si no desde ese tiempo que se dió la donacion en vida. Sólo debió informarse, como un dato informativo pero sin gravación, ni pago de impuesto. (En 2002)
[color=green:31927aed06]¿debo informar en la declaracion anual dicha venta? [/color:31927aed06]
Disculpe y ¿Usted, por qué? ¿sería representante del contribuyente?, o ¿es efectivamente, el contribuyente?
¿Por que no?... Hasta donde sé, todo ingreso se declararía. Habría que determinarse por cuáles no procedería el pago de impuesto y por cuáles sí. Sería precisamente en la declaración anual dónde procediese el concepto: de autodeterminación.
[color=green:31927aed06]¿debo pagar algun impuesto? [/color:31927aed06]
¿Y Usted por qué? que no comentó, que el contribuyente le competía, esa venta, Y de él dependería, si se cumple con la regla de los 5 años y de las puntualizaciones que el notario realice.
Reconfirmo pregúntese al notario, ¿cómo proceder a la comprobación de ese requisitos, por los 5 años?, con el notario, para que sea cumplido el requisito. El señalar que SI se cumple con el requisito, no es razón suficiente para generar el derecho de la acumulación, con el no pago de ISR (exención).
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?