22/Nov/07 18:10
Re: Fallecimiento de trabajador
Se debe considerar todo el pago (sueldos e indemnización) como percepciones exentas?
No, primero se debe desglozar los conceptos que darian lugar a la liquidacion o finiquito de la terminacion laboral.
Luego, por cada integracion habria que vigilar que partidas serian exentas (afectas a no pago de impuestos)
Por ultimo se integraria o determinaria los impuestos a retenerse conforme a esas partidas gravables.
Para el caso de indemnizaciones retiro, habria un mecanismo, que habria que seguir por ley o conforme el reglamento, pues una indemnizacion que procederia a un pasivo laboral de varios años, no puede ser gravado de manera total en un solo ejercicio, habria mecanicas de gravacion especiales por considerarse.
En el caso de haber fallecido el trabajador, el patron debe indicarles a los beneficiarios que vayan los beneficiarios a presentarse a que les determinen el porcentaje que les corresponderia a cada uno, para que luego la junta expida la determinaciones de esas retenciones y asi tenga que proceder el patron a repartir ese finiquito, menos los impuestos que le corresponda retener.
Si el patron paga si realizar lo anterior, y algun beneficiario no es liquidado adecuadamente, podria volver a desembolsar la liquidacion por las partes que reclamen posteriormente y que no surtieron de manera efectiva la liquidacion. Es decir el que bailaria seria el patron y otra vez le tocaria pagar.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?