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01/Nov/07 15:50
VENTA DE UN NEGOCIO DE PF A PF...

Hola a todos los foristas

Quisiera saber si me podrian orientar respecto a la siguiente duda:

se llevara a cabo una venta de un negocio que esta a nombre de una persona fisica y el comprador tambien sera persona fisica, el pago se acordo en un cierto numero de años; la cuestion es que por el tipo de operacion el notario efectuara una retencion de iva, dicha retencion podre solicitarla en devolucion aunque no este pagada la compra en su totalidad? que requisitos tendria que cumplir para que proceda? se debe presentar algun tipo de aviso ante el SAT?

Espero sus comentarios de antemano Gracias.
 
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sanchezwong
Sargento Segundo

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01/Nov/07 18:06
Re: VENTA DE UN NEGOCIO DE PF A PF...

Dandole una estudiadita a tu caso.

La persona fisica compradora, buscaria si podria solicitar devolucion de IVA de esa retencion pagada.

¿Que se tendria que hacer para hacerlo?

1.- Ser contribuyente de IVA.... me parece que es es facil, se da de alta antes de la compra y listo.

2.- Argumentar que la compra que se hace es una operacion para el fin del negocion.... uhmmm tambien seria factible si el notario ofrece un documento que se aplicaria el traspaso de la negociacion.

3.- ¿Por esa compra aplicaria al mismo fin objeto de gravacion a las operaciones aplicables en el futuro?

Es decir que ese IVA pagado proceda su acreditamiento, pero quien pagaría el IVA retenido, ¿el vendedor o el comprador? A lo que voy el notario. ¿a quien se lo retiene?

3a.- ¿El comprador tendría un comprobante del traslado de su IVA por esa compra de la negociacion, para proceder a acreditarlo, conforme a este punto 3 y lo que se señala el art 5 LIVA?

Estas dos preguntas, que han de contestadas por los de hacienda, SI POR TU CUENTA CUMPLES CON ESOS REQUISITOS. POR LO PRONTO los pasos 1 y 2 ya se conseguirian faciles.

Habria que averiguar por lo del 3 y 3a, pues si es negada esa devolucion, no pasaria nada, es un impuesto que estaria sujeto a pagarse y no acreditarse. Pero de ser factible la recuperacion, seria aceptada por la SAT.

Bueno habria que declarar en el portal de hacienda que tus gravaciones fueron menores a tus compras pagadas y que procederian esas compras acreditarse... y ese saldo a favor declararse en el banco.

Luego proceder en formato de devolucion a realizar a solicitarla mediante aviso.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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12/Abr/23 10:38
Re: VENTA DE UN NEGOCIO DE PF A PF...

De acuerdo en los puntos de Enrique, el SAT busca simetría y si el IVA se les pago, no tendrían tema en darte la devolución.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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13/Abr/23 11:27
Re: VENTA DE UN NEGOCIO DE PF A PF...

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jambos
Cabo

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