09/Oct/07 9:20
Re: AUDITORIA
Hola COMPUOFFICE:
Hasta ahora como has presentado la declaración, no se has pagado. ¿Cómo podría adivinar la SHCP, que se estaría pagado de la manera correcta, si no ha sido manifestada de esa manera o tal como se manifiesta en el DIMM?
Se debe hacer una declaración por corrección en el portal de internet del SAT, cambiando únicamente el concepto del impuesto, que procedería a esa declaración complementaria definitiva que se informó en el dictamen.
Si la diligencia que te hace la Tesoreria del Estado es solo un aviso o carta invitación, no se tendría que realizarse una complementaria. En otro caso, de que esa diligencia sea un requerimiento, después de hacer lo mencionado en el párrafo anterior, habría que formularse una declaración complementaria, donde se incluyan los recargos y la actualización correspondientes, puesto que sería mediante requerimiento que se subsane la irregularidad, a la que se hace referencia en este tópico.
Simplemente se aplicaría la lógica para realizar las actuaciones que sean procedentes.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?