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01/Oct/07 18:14
Declaracion anual PF asalariado ¿puede interponer recurso?

Qué tal, buenas tardes, mi comentario se que es para aplicación futura, pero necesito conocer la opinión legal respecto a lo siguiente:

[i:b2bd97b511]LISR

Artículo 176. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

I. Los pagos por honorarios médicos y dentales, así como los gastos hospitalarios
II.Los gastos de funerales
III.Los donativos no onerosos ni remunerativos
[color=red:b2bd97b511]IV. Los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios destinados a casa habitación contratados[/color:b2bd97b511]
V. Las aportaciones complementarias de retiro
VI.Las primas por seguros de gastos médicos
VII.Los gastos destinados a la transportación escolar de los descendientes en línea recta cuando ésta sea obligatoria
VIII. Los pagos efectuados por concepto del impuesto local sobre ingresos por salarios[/i:b2bd97b511][/b:b2bd97b511]

Asi las cosas, para 2007 el reglamento nos señala que:

[b:b2bd97b511][i:b2bd97b511]RISR
Artículo 238. Las personas físicas que únicamente obtengan ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado y que no se encuentren obligadas a presentar la declaración anual a que se refiere el artículo 175 de la Ley, [color=red:b2bd97b511]podrán presentarla siempre que en la misma derive un saldo a su favor como consecuencia de la aplicación de las deducciones previstas por las fracciones [size=18:b2bd97b511]I [/size:b2bd97b511]o [size=18:b2bd97b511]II[/size:b2bd97b511] del artículo 176 de la Ley[/color:b2bd97b511][/i:b2bd97b511]

En el caso de asalariado, o asimilado, si el saldo a favor anual es resultado de aplicar lo referente a la fracc. IV de la LISRy debido que segú RISR no lo considerá procedente:

¿Existen posibilidades de ganar en caso de interponer algun recurso legal por esta situación? de ser así ¿cuando puede interponerse...o ya se pasó el término? :twisted:

Saludos!!!
 
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BR1
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01/Oct/07 18:29
Re: Declaracion anual PF asalariado ¿puede interponer recurs

Hola BR1 los plazos son 45 dias posteriroes al dia de recibida la resolucion que niega la devolucion del saldo a favor pero en este caso creo es mas conveniente hacer el juicio ante el tribunal ya que de esta forma se tiene el pronunciamiento de los jueces sobre el particular. Si se hace como recurso de revocacion ante la juridica de ingresos la resolucion que ella emita sera fundamentada en el articulo que mencionas del reglamento.

como dije antes seria interesante el pronunciamiento del tribunal al respecto.


saludos.
 
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ANROSO
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01/Oct/07 22:13
Re: Declaracion anual PF asalariado ¿puede interponer recurs

Tu pregunta si que es de las mas dificiles que me he topado en este portal.

Suena interesante por que en apariencia el Reglamento va mas alla que la ley...... eso lo comento si todavia investigar el apartado de intereses para efectos de la LISR, que se me hace que por ahi debe venir el candado, equivalente para que el reglamento no sobrepase a la Ley

Si es que esta ese candado, me temo que no se podria pelear, en caso contrario, las posibilidades serian amplias

No te prometo de antemano investigar sobre ese candado que probablemente venga en la ley de ISR, pero si es que esta, no son muchos articulos los de los ingresos acumulables por intereses

Espero que sea de tu ayuda, estas simple apreciacion.

Pero si metes las devolucion y buscarias pelearla, debes de agotar casi al mismo tiempo que el tramite el recurso de revocacion, espero que lo logres, sino el tiempo de demora sera largito, por que el SAT no lo regresara es saldo a favor y hasta juicio de nulidad posiblemente es que se obtendria.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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02/Oct/07 15:43
Re: Declaracion anual PF asalariado ¿puede interponer recurs

Gracias por sus comentarios, en realidad solo tengo un caso así, pero realmente me parece injusto, ya que para el 2006 se emitio una Regla en la que era factible la devolución en dichos casos, pero para la RMF 2007-2008 ya no se emitio...

Se lo planteare a CERVANTES-QUIJANO y a cjlopez esta semana en la reunión....espero que estudien el tema...jejeje
 
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BR1
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02/Oct/07 17:30
Re: Declaracion anual PF asalariado ¿puede interponer recurs

Hola buenas tardes a todos revisando las deducciones para ietu en sus requisitos encontre que solo seran deducibles aquellas erogaciones que se realicen y que a la vez sean ingresos gravados para ietu para quien recibe el pago.

Artículo 6. Las deducciones autorizadas en esta Ley, deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Que las erogaciones correspondan a la adquisición de bienes, servicios independientes o a la obtención del uso o goce temporal de bienes por las que el enajenante, el prestador del servicio independiente o el otorgante del uso o goce temporal, según corresponda, deba pagar el impuesto empresarial a tasa única, así como cuando las operaciones mencionadas se realicen por las personas a que se refieren las fracciones I, II, III, IV o VII del artículo 4 de esta Ley. Cuando
las erogaciones se realicen en el extranjero o se paguen a residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país, las mismas deberán corresponder a erogaciones que de haberse realizado en el país serían deducibles en los términos de esta Ley.

sus comentarios son valiosos

saludos.
 
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ANROSO
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06/Oct/07 13:35

Disculpa ANROSO no entendi tu comentario

El topico se trata de una persona fisica asalariada... ¿que tiene que ver el IETU?

Hablando de ranas autronautas.... la mejor musica es la del Rock.
 
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enrique9727
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06/Oct/07 13:54
Re: Declaracion anual PF asalariado ¿puede interponer recurs

si me equivoque de topico era para otro cuando me di cuenta ya lo habia enviado.


saludos.
 
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ANROSO
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06/Oct/07 14:02

ok alguna vez me paso a mi esa situacion.
 
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enrique9727
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08/Oct/07 11:38
Re: Declaracion anual PF asalariado ¿puede interponer recurs

[quote:facb043550="ANROSO"]si me equivoque de topico era para otro cuando me di cuenta ya lo habia enviado.


saludos.[/quote:facb043550]

Se tiene la opción de eliminar tus propios mensajes, para ello en la parte superior derecha del mensaje se tiene un boton con una X... todo es factible a corrección...
 
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BR1
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08/Oct/07 12:20
Re: Declaracion anual PF asalariado ¿puede interponer recurs

ok, no lo había observado... Si lo había visto, pero observado no...

Es bueno, para considerarlo en cuenta.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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