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01/Oct/07 11:06
otra vez imss

saludos que hago plis
un trabajador esta incapacitado por el imss le dijieron que tiene cancer pero el imss le a dado incapacidades de 7- 4-7 y 7 dias mi pregunta es que se puede hacer para ayudarlo el ya tiene 64 años ahorita que esta incapacitado puede arreglar su pension
el imss le seguira dando las mismas incapacidades de antemano gracias por su ayuda
 
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jacke
Sargento Primero

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01/Oct/07 19:57
Re: otra vez imss

:| Buenas noches. Qué pena leerlo. Mientras el imss le diga expidiendo incapacidades, el trabajador puede seguir asi. Cierto que ya cumple con el requisito de la edad, pero tal vez le falten las semanas. Cosa de que se averigue el dato de las semanas cotizadas.

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
General de Brigada

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01/Oct/07 23:24
Re: otra vez imss

El IMSS valuará su caso y le pensionara cuando los tratamientos se hayan agotado, de manera inmediata debe aplicarse los procedimientos para la pension, tal vez por un poco de maña es que hasta ese momento los demoren. De cualquier manera sigan insistiendo y en la primera oportunidad, a realizar ese tramite,

Me parece que por ahi hay una fecha despues de estar cierto tiempo de incapacitado por una enfermedad cronica y casi terminal podria acelerarse la jubilacion

Asi paso con una compañera... pero ella era muy muy joven y tiene VIH
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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03/Oct/07 9:38

Triste el caso, pero con la mente cuadrada que tengo de contador sugiero estar bien parados y evaluar conveniencias...

Por la edad y el tipo de padecimiento se puede preveer un desenlace fatal, en un tiempo que puede ser estimado por los doctores, no con precisión, pero ayuda en algo.

Ante ello, quedan dos posibilidades al enfermo;

Una, seguir obteniendo los certificados de incapacidad temporal, al menos durante un año (aquí es importante la espectativa de vida que le informen) en cuyo caso va a estar cobrando el 60% del SBC.

Dos, ver el trámite de jubilación (esperando complete las semanas), en cuyo caso ya no obtendra el 60% del SBC si no la pensión que le pueda corresponder, además del finiquito que por Ley le pueda corresponder.

Conviene ser fríos y hacer números para ver que le resulta más conveniente tanto al empleado como a su familia.

Saludos.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
Teniente Coronel

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03/Oct/07 12:14

Para saber que le conviene se requieren tres datos:

1) cuando fue dado de alta al seguro social por primera vez (antes o despues del 1 de julio de 1997).

2) Semanas cotizadas

3) Salario base de cotización promedio de las últimas 250 semanas cotizadas.

Saludos

p.d.
Para trabajadores del régimen obligatorio del Seguro Social se utiliza el termino [color=red:115d267d67]pensión o pensionado[/color:115d267d67].

Para trabajadores de gobierno se utiliza el termino [color=red:115d267d67]jubilación o jubilado[/color:115d267d67].

Algunos burocratas tienen los dos beneficios de [color=red:115d267d67]pensión y jubilación[/color:115d267d67], ejemplo los trabajadores del IMSS Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP)
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
Teniente Coronel

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