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24/Sep/07 11:37
Devolucion de IVA rechazada

Me llego un requerimiento con la solicitud de informacion adicional siguiente:

"Con fundamento en el articulo 32 Fracción II, 126 de la LISR, 4, 5, 5A, 5B, 5C, de LIVA, reglas 3.4.7 y 3.4.8 de la RMF 2007, sirvase manifestar la opción elegida para el acreditamiento del IVA presentando papel de trabajo mediante el cual se observe el procedimiento para la determinación del IVA acreditable. Derivado de lo anterior y señalado en la regla 3.4.7 los contribuyentes que hayan elegido la opción a que se refiere la citada regla y opten por acogerse a la misma para 2007, deberán presentar el aviso de aumento o disminución de obligaciones fiscales en los términos de la sección 2.3.2 del capitulo 2.3 de la RMF para 2007."

Perdon por mi falta de experiencia en estos tópicos, pero a alguno de ustedes se a topado con este tipo de requerimientos, si es asi y abusando de su buena disposicion podrían por favor enviarme una copia del escrito de respuesta.
En caso de que tengan una hoja de calculo de la proporción, se los agradecere infinitamente.
 
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teofiloperea
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24/Sep/07 11:43

QUIZA ESTO TE SIRVA

SALUDOS

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_9988.html
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
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24/Sep/07 13:25

Hola teofiloperea:

Si haberle dado seguimiento a todo esas fundamentaciones todavia, y por lo que se solicita, solo debes incluir UN PAPEL DE TRABAJO DONDE DETERMINES COMO SE REALIZO EL PROCEDIMIENTO DE ACREDITAMIENTO DEL IVA.

Posiblemente se cuente con tasas 15%, 0% y/o exentas de IVA en tus ingresos, como es que procedio la determinacion de la proporcion de acreditamiento, hasta su determinacion final.

Se incluye esto y solo con alcance al folio por el cual te recepcionaron tu aviso de devolucion.

Y en caso de que no haya sido recepcionado tu aviso, pues incluye esa informacion, me extraña por que el mismo aviso lo requiere. Me parece que no fue llenado o adjunto de la manera adecuada. Pues lo requieren.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Sep/07 13:59
Re: Devolucion de IVA rechazada

Gracias Lobozac,
De que me sirve, me sirve de hecho es muy util, pero sigo con el problema de la contestación del requerimiento a o cual estoy analizando y tratando de entender.
 
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teofiloperea
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24/Sep/07 14:27
Re: Devolucion de IVA rechazada

Gracias Enrique9727,

Ya me queda un poco mas claro, sin tener que analizar los fundamentos legales, se que tengo que hacer un papel de trabajo donde determino el IVA Acreditable por ese mes del cual estoy solicitando la devolución.

Lo que pasa es que las proporciones para efectos del acreditamiento de IVA no aplican para la actividad que realiza el contribuyente, ya que no se tienen ingresos exentos, todos estan gravados para efectos de IVA.

En el caso del articulo 32 fraccion II, se enfoca a los ingresos exentos respecto al total de ingresos, esa proporcion que señala, es para efectos del calculo del ISR anual, no tiene nada que ver con el IVA, y lo que no entiendo es porque lo citan en el requerimiento.
 
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teofiloperea
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24/Sep/07 15:45
Re: Devolucion de IVA rechazada

[color=blue:f25ea05fbe]Si habria relacion analizalas[/color:f25ea05fbe]:

Art 32 LISR
II. Los gastos e inversiones, [color=green:f25ea05fbe]en la proporción que representen los ingresos exentos respecto del
total de ingresos del contribuyente[/color:f25ea05fbe]. [color=red:f25ea05fbe]Los gastos que se realicen en relación con las inversiones
que no sean deducibles conforme a este Capítulo[/color:f25ea05fbe]. En el caso de automóviles y aviones, se podrán deducir en la proporción que represente el monto original de la inversión deducible a
que se refiere el artículo 42 de esta Ley, respecto del valor de adquisición de los mismos.


[color=green:f25ea05fbe]En esa proporcion se acreditaria el IVA ---- Esa es la relacion al acreditamiento del IVA por gastos e inversiones de manera proporcional[/color:f25ea05fbe]

[color=red:f25ea05fbe]Y este IVA por estas partidas seria no acreditable ---- Esta es la relacion que los gastos no deducibles, su IVA seria no deducible y no acreditable[/color:f25ea05fbe]
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Sep/07 18:33
Re: Devolucion de IVA rechazada

Enrique9727,

Vaya que soy duro de cabeza, pero insisto.
1.-El articulo 32 de LISR se refiere a gastos no deducibles de ISR.
2.-La LISR grava los la riqueza del contribuyente de forma anual, no mensual.
3.-El citado articulo 32 fracc II se esta refiriendo a una proporcion anual ya que habla de ingresos exentos respecto al total de ingresos del contribuyente, que yo supongo anual.
4.-La LIVA señala que el IVA se calcula de forma mensual.
5.-En el caso del ejemplo de las inversiones, todos sabemos que es una deducción y que tiene limites de deducción, asi como los gastos de hospedaje, alimentación, en estos casos estamos hablando de una parte no deducible por LISR, asi mismo la parte deducible aplica tambien para IVA y la no deducible afecta también al acreditamiento de IVA, en esos casos se entiende perfectamente, el caso es, ¿donde entra la proporcion entre los ingresos exentos en relacion con el total de ingresos que señala la Fracc II del Art 32 de la LISR?.
6.-La proporcion del art 32 fracc II, es de aplicacion anual, no puede ser mensual, ya que solo se aplica en la Declaracion anual, no puedes aplicarla mensualmente que seria en su caso el calculo mensual del IVA acreditable.
7.-En un caso hipotetico que pasaria si el contribuyente no tuviera ingresos en un mes, para el calculo de la proporcion, tendria cero, ¿acaso eso haria tambien que todas sus deducciones fueran no acreditables para IVA?, pero si deducibles para ISR.

El caso es que cada vez me enredo mas y no le encuentro salida a este asunto, porque para poder complacer el SAT tendria que calcular la proporcion, pero me afectaria monetariamente, si no lo complazco me rechazaria la devolucion y me tendria que ir a un juicio que tal vez le ganaria pero me costaria.
 
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teofiloperea
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24/Sep/07 19:12
Re: Devolucion de IVA rechazada

teofiloperea:

Ese articulo tendria que ver con IVA, de manera directa no.... pero si de manera indirecta.... INDICARIA QUE ESE TIPO DE GASTOS QUE SE MENCIONAN TIENEN UN IVA QUE DEBERIA CONSIDERARSE O PARCIALMENTE DEDUCIBLE O EN IGUAL PROPORCION ACREDITABLE O DEFINITIVAMENTE SI TODO NO SERIA DEDUCIBLE NADA DE IVA ACREDITABLE....

Hay otro articulo que marca en la ley del IVA que el acreditamiento seria factible si el gastos o la inversion seria deducible es que se acreditaria en su proporcion, SEGURO TAMBIEN TE LO INCLUYERON EN SU FUNDAMENTACION.

Para el calculo de la proporcion se debe cuidar lo anterior.... por eso te lo fundamenta.... SUPONGO....

SI NO A PREGUNTALES A LOS DEL SAT POR QUE LO FUNDAMENTAN ASI, SI NO CUENTAS CON LA CERTEZA.... O COMETALES DE SU ERROR, PERO A MI JUICIO NO LO ES.

El juicio de nulidad nunca lo podras operar... para eso debe hacienda NEGARTE LA DEVOLUCION VIA ESCRITO.... se me hace que eso no te lo daran facilmente. Cuando presentan ese escrito es por desistimiento del tramite si lo lees bien.... es decir la culpa la tiene EL CONTRIBUYENTE, NO DAN OPINIONES LOS DEL SAT.

Lo que te dara una negacion de tramite, pero por si se cuenta con la capacidad de implementar el juicio de nulidad sugiero darle una leida a topico que pone en su pagina principal el portal de Fscalia ahi se comenta algo de esta situacion.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Sep/07 19:43
Re: Devolucion de IVA rechazada

TEOFILOPEREA, nada mas te quisera preguntar si el contribuyente que mencionas es de actividad primaria(agricultor, ganadero, pesca, etc.), si ese es el caso te pido leeas la regla 3.4.7, de la R.M.F. y presentes el escrito que se te pide.
 
¡¡ SOLO POR HOY PORTENSE BIEN !! !! Y RECUERDEN QUE LA SOBRIEDAD ES MODERACION EN TODOS LOS ACTOS !!
 
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OSCAR_ITO
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25/Sep/07 5:37
Re: Devolucion de IVA rechazada

TRUCHAS COMPAÑEROS...DE ACUERDO CON OSCAR_ITO SOLO QUE APARTIR DE ABRIL YA NO SE PRESENTA ESCRITO COMO LO INDICABA LA REGLA SINO QUE ES " AVISO AL RFC ". QUIEN PRETENDA ACUMULAR LOS INGRESOS EXENTOS (40 O 20 SMA) DEL SECTOR PRIMARIO DURANTE 2007 CON EL OBJETO DE ACREDITAR EN UN 100% SU IVA PAGADO. 8O
 
EN LUCHA CONTRA LA COMPLIFICACION ADMVA.
 
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jcgro_velcia
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