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13/Sep/07 13:32
AUSENTISMOS: ayuda.

Hola saludos a todo@s, tengo la duda sobre los Ausentismos, :

1.- ¿hay un limite de dias por ausentismos que puedo capturar en el SUA ?

Resulta que hay un trabajador que no regreso al trabajo , pero existe de por medio una demanda que el trabajador interpuso , y los lic. nos dijeron que no se le podia dar de baja. En nomina se le pasa faltas, por lo que no hay registro de que se le este pagando ya que no asiste.

Este caso tambien afecta la amortizacion de credito infonavit, no puedo enterar algo que no retuve, por eso es mi duda si el SUA me acepta que le ponga 40 dias de ausentismo y 31 dias de ausentismo en el IMSS.
En el caso de ponerlo , ¿hay algun problema que no este tomando en cuenta?.
Podrian darme el fundamento?

Gracias y me urge su ayuda, ya que pronto debo pagar el SUA
 
&CH
 
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anaili
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13/Sep/07 14:59
Re: AUSENTISMOS: ayuda.

Por que recurrir a una fundamentacion para seguir pagando cuotas que no corresponderian pagarse.

Si no labora el trabajador.... no se pagan... que mayor fundamentacion que esa.

La ley graba remuneraciones pagadas, ¿cuantos dias habria que esperar para dar de baja a un trabajador ausente? Yo diria que no mas de 1 a 4 dias consecutivos, si regresa se reinstala dependiendo de sus condiciones y sus motivos de ausentimo. Si ya me informaron que no regresaria, para que esperar a ver si llega a recoger los saludos.

Son dos cosas muy distintas la demanda y los pagos del IMSS e INFONAVIT, aunque deberian soportarse de la misma manera, el patron esta soslayando esos ausentismos.

Ahora procedieria reinstalarlo o finiquitarlo de manera permanente
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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13/Sep/07 16:18
Re: AUSENTISMOS: ayuda.

Precisamente yo lo hubiera dado de baja, sin embargo, el despacho de licenciados solicito que no se le diera de baja, por otros motivos los cuales se expondran en la junta, sin embargo, se que ya tengo que pagar el SUA y por lo que pregunto y por lo que lei en la Ley de IMSS e INFONAVIT, solo podria tener hasta 7 dias de ausentismo en el IMSS, y de 14 dias en el INFONAVIT, esto ¿es correcto?, ¿el SUA me permite pasar mas dias?
 
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anaili
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13/Sep/07 19:42
Re: AUSENTISMOS: ayuda.

[quote:208ef9b149="anaili"]...solo podria tener hasta 7 dias de ausentismo en el IMSS, y de 14 dias en el INFONAVIT, esto ¿es correcto?, ¿el SUA me permite pasar mas dias?[/quote:208ef9b149]
:| Buenas tardes. a) Es correcto y b) No, el pata-sua no permite pasar más de esos dias. Aquí el patrón debe estar conciente y aceptar la sugerencia de sus abogados, en estar pagando esas cuotas y aportaciones y amortizaciones. Mire Anaili, usted, Kike y cualquier otro amigo forista entienden por razones obvias, que no se puede enterar (hablando de las amortizaciones), algo que no se retuvo. Pero son los absurdos de la ley del infamevit. Y para pelearse con los cabezas-duras del infamevit.... está de pensarse.

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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14/Sep/07 15:27

Hola:

Cuando no se cumple las obligaciones en tiempo y forma... se corre el riesgo de tener que demostrar ahora las autodeterminaciones.

Se le da alas a los exactores (autoridad) para negar el tramite. Sin fundamentacion por ambos lados de cierto modo.... por que a la luz de la autoridad el tramite no tendria la logica la congruencia de esa determinacion o aviso, puesto la autoridad ya presupone desde su punto de vista su autodeterminacion, sin todavia estar en esa posicion que le permitiria hacerla efectiva sin tener que preguntarle al contribuyente ¿puedo?

¿Que es mas facil de acuerdo a las capacidades y voluntades de cada quien, autodeterminarse de manera eficiente o simplemente aplicar la manera eficaz de la autoridad?

Ese seria el derecho y obligacion del contribuyente a seguir, todavia que la autoridad no ha tomado medidas mas severas.

Si fuese a representar al infamevit o inseguro social.... De seguro que tomaria las mismas medidas, ¿por que soslayar a los inoportunos? o ¿De que beneficios adicionales tendrian por intentar cumplir un poco mas tarde, estarian ahora si cumpliendo como debiese ser, o se cumple por cumplir?

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Pasa lo mismo con los transitos..... no se tiene el cinturon de seguridad.... te detiene, solicita papeles y documentacion, no se tiene.... y lo demas ya lo sabemos...

Moralejas:

1.- Presentese los avisos de un inicio y respaldar lo que se tenga que hacer en las diferentes situaciones laborales.

2.- Tener la tenencia, amparo, placas y licencia vigentes, y ponerse el cinturon de seguridad

¿Por que esperar tanto tiempo?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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