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04/Sep/07 17:54
pago de sueldos y honorarios

hola

resulta que tenemos en la empresa un trabajador (con imss y todo) y el mes pasado se les ocurrio pagarle extra un bono y por lo cual nos expidio un recibo de honorarios

1 Desde el punto de vista de la LISR tengo algun problema en pagarle SyS y Servicios prof en el mismo mes (año)

1a Los ingresos por honorarios entran para calcular su rtencion de ISR por SyS??

2 desde el punto de vista del IMSS debo de integrar esta cantidad??


Gracias por su ayuda
 
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chavezlerin
Cabo

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04/Sep/07 19:08

Hola:

1.- Si se puede establecer en que tiempo labora como empleado y en que tiempo labora como independiente y no hay subordinacion podria aplicarse la no integracion de esa partida por honorarios. Este seria un argumento muy dificil que de seguro el IMSS procederia a justiciar en una revision.

2.- Cual seria el contrato para otorgar este tipo de servicios y por que razon es que el trabajador, que seria la misma persona no lo haria como subordinado y si como independiente. Muy posiblemente ni contrato se tenga.

3.- Desde el punto de vista de SHCP deben acumularse y determinarse la retencion correspondiente como salario.

4.- Efectivamente desde el punto de vista el IMSS consideraria que deba integrarse ese honorario a las partidas salariales por las razones 1 y 2 señaladas anteriormente.

cu
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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05/Sep/07 9:52
Re: pago de sueldos y honorarios

aQUI LO PRINCIPAL ES SABER PORQUE LE PAGARÓN ESE BONO EXTRA ??? MUY PROBABLEMENTE SEA POR ALGUN TRABAJO EXTRA QUE REALIZÓ EN SU MISMO HORARIO DE TRABAJO, EN ESTE CASO EL HONORARIO JUGARIA COMO SI FUERA SUELDO.
SI SE PUEDE DEMOSTRAR FEHACIENTEMENTE QUE EL TRABAJO HECHO POR HONORARIOS LO HICE DE FORMA TOTALMENTE INDEPENDIENTE A SU TRABAJO NORMAL, ENTONCES SE LE RETIENE COMO HONORARIO Y NO INTEGRA AL IMSS.

SALUDOS :P
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
Teniente Coronel

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05/Sep/07 10:49
Re: pago de sueldos y honorarios

en primer termino si tu empresa es personal moral y el e expedio un recibo de honorarios pues se le tubo que realizar las retenciones a que de lugar ese pago.

segundo, arma un contrato de servicio por algun trabajo xxx ,realizado desde un tiempo xxx. para ser entregado en el tiempo aproximado al que le hiciste el pago.


tercero. el pago por ese bono extra debio salir en un cheque o transferencia bancaria, es decir muy independiente de su nomina.


cuarto; en cuanto a las retenciones de sueldos y salarios se las sigues haciendo en forma normal, nada mas que como él esta dado de alta como contribuyente en servicios profesionales,al finalizar el año le vas a expedir su constancia de percepciones para que el presente su declaracion anual, es decir ya no lo declaras tu.

quinto. si te vuelve a dar otro recibo de honorarios, nada mas checa que no se en numeral consecutivo.

y de todo lo anterior dejarias fuera cualquier interpretacion del imss para quererte integrar esa parte del pago. es decir soportar bien tus operaciones.
 
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TELLYN
Sargento Segundo

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05/Sep/07 10:55
Re: pago de sueldos y honorarios

desde de mi punto de vista para efectos fiscales no hay ningun problema de hecho tu al trabajador le realizas sus retenciones como trabjador y enteras lo que le corresponde por sueldos y si le efectuas pagos por honorarios tambien si tienes que retenerle ISR e IVA lo haces y enteras tambien. pero para efectos del imss si es importante que tengas preferentemente un contrato de servicios independientes, de hecho no esta prohibido y como lo dijo un compañero si puedes justificar ese pago por honorarios argumentando que no tiene relacion con su trabajo no habria ningun inconveniente. y claro en este caso el pago por honorarios no te integraria para el imss.
a veces se dan estos supuestos pero si hay que tenerlos bien identificados no sea que el imss si quiera integrarlos por ello lo de un contrato de prestacion de servicios.

saludos.

hasta luego.
 
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Mendozars
Sargento Segundo

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