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04/Sep/07 13:21
Estan por aprobar el ITU=CETU y el IDE=ICI Seraasi???

Hola:

Al parecer ya estan en la ultima parte de los cabildeos de las reformas fiscales y lo del CETU ahora Impuesto de Tasa Unica (ITU), se ha reconsiderado diversos cambios:

1.- Cambio del nombre como ya se menciono

2.- En cuanto a la tasa al parecer quedaria la misma 19%, contrario a los rumores que bajaria al 16% o menos.

3.- Se acepta la deduccion de los salarios e impuestos relativos, mas no asi de sus prestaciones de prevision social

4.- En las ventas de casas habitacion y automoviles, seria exenta su aplicacion

5.- Prevision social----- se gravaria

6.- Acreditamiento en el extranjero..... sigue sin resolverse su situacion como desde un principio

7.- Periodo de transicion Seran deducibles los activos fijos al 31 de Agosto de 2007

8.- Inversiones del 2007, de sept a diciembre podria deducirse en 3 años

9.- Los donativos serian deducible con un limite del 10% del impuesto pagado en el ejercicio anterior

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1.- El ICI = cambiaria de nombre para ser Impuesto a los depositos en efectivo IDE

2.- Retencion del 2% cuando se sobrepase de 20,000 depositados en el mes, no cambio el fin ni la forma.

3.- Al parecer se busca diferir su vigencia a partir del 1 de Julio de 2008

4.- Inicialmente se permitia su acreditamiento contra unicamente ISR, para no afectar la doble tributacion, ahora se estableceria su acreditamiento conta cualquier impuesto......deberia indicarse cualquier contribucion para darle mayor fuerza

5.- Antes no se permitia su devolucion, ahora al parecer si lo permitiria en caso de no poderse acreditar.

Me parece que no esta medida lo que busca que los informales tribute y asi paguen ISR y de ser asi puedan acreditarse el 2% por este impuesto y de paso que no haya oportunidad de amparo con relacion a la devolucion, por que ese hecho lo haria un impuesto definitivo, cuando su fin es no serlo cuando se es contribuyente al ISR.

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La simplificacion administrativa habria un retroceso pues ahora habria que deerminarse el ITU aplicandose De 5 a 7 procedimientos segun sea el caso:

1.- razones financieras
2.- determinar el isr
3.- estimar la ptu a repartir
4.- el ITU
5.- determinar el iva
6.- Aplicar el B10
7.- Si fuesen transnacioneles la aplicacion de USGAAP

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Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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04/Sep/07 15:40

Gracias por la información!
Habrá que subir los honorarios jajaja ó volvernos abogados fiscalistas y vender amparos.

Saludos!
 
Saludos!
 
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doqu
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20/Abr/23 12:35
Re: Estan por aprobar el ITU=CETU y el IDE=ICI Seraasi???

Impuestos que fueron efímeros.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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20/Abr/23 13:32
Re: Estan por aprobar el ITU=CETU y el IDE=ICI Seraasi???

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CP_PACO
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