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29/Ago/07 10:58
CUMPLIMENTACION DE UNA RESOLUCION

Si en una resolucion de un juicio de Nulidad se declara una Nulidad parcial, es decir,solo se declara nula una multa, ysi la autoridad obligda a cumplimentar la resolucion en 4 meses, de conformidad con el artículo 239 parrafo segundo, del Código Fiscal de la Federacion no lo ha hecho, que procede? ...

GRACIAS!!..
 
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DINAFISC
Capitán Segundo

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29/Ago/07 11:06
Re: CUMPLIMENTACION DE UNA RESOLUCION

Hola:

Segun lo que comentas por falta de datos no entiendo del todo, pero me parece que determinaron improcedente la multa (segun tus comentarios), mas sin embargo debe la autoridad a volver a reiniciar el trabajo y subsanar sus deficiencias (segun tu comentario), asi que ponte buso caperuso.... por que no se a cabado el asunto... si faltara terminar de regularizar el asunto por parte del contribuyente hacerlo de inmediato, por que vendra una segunda parte de la pelicula

Por otro lado ese articulo que mencionas ya fue derogado... cuando menos en mi CFF ya no existe en el 2007... si existio pues posiblemente sea de tu ejercicio que cuestionas, o te equivocaste
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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29/Ago/07 11:25
Re: CUMPLIMENTACION DE UNA RESOLUCION

A esa figura se le designa como caducidad especial y se encuentra contemplada ya no en el CFF sino en la LFPCA en su artículo 52 Fracc. V inciso c).

Por lo que veo, la sentencia fue para efectos, es decir, te dieron la razón hasta en tanto la Autoridad reponga el procedimiento que se declaro nulo, por lo que si lo hace, definitivamente tal vez te vuelvan a imponer la multa (Tal y como lo señala Enrique)

El propósito de dicha norma es el de obligar a la autoridad a cumplir en un plazo máximo, brindando así, seguridad jurídica al particular, sin embargo lo puede hacer la Autoridad aun fuera del plazo, por lo que tendrias que impugnar el acto y tal vez ahora si tengas una resolución lisa y llana.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
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jjfarias
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29/Ago/07 15:50

Buenas tardes:

Gracias jjfarias por certificar mis pronosticos del clima, que la mera verdad no me puse a investigar de que se trataba ese articulo derogado....

Solo la experiencia me ayudo, por que la lectura de la consulta tampoco era muy clara que digamos.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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