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21/Ago/07 10:40
ISR E IVA

ASISTI A UN CURSO DE COMPUTACION, EL INSTITUTO ME EXPIDIO UNA FACTURA CON TODOS LOS REQUISITOS, QUIEN EXPIDE LA FACTURA ES UNA PERSONA FISICA YO LE ESTOY SOLICITANDO QUE DESGLOSE LA RETENCION DE ISR E IVA PORQUE ES UN SERVICIO PROFESIONAL, ME COMENTA QUE JAMAS NADIE LE HA SOLICITADO LA RETENCION EN LAS FACTURAS QUE EMITE, MI DUDA ES, POR SER SERVICIO EDUCATIVO LO QUE REALIZA NO ESTA OBLIGADO A QUE EMITA UN COMPROBANTE CON RETENCION DE ISR E IVA ??
 
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kyko
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21/Ago/07 10:54

¿cuenta con REVOE?...

Saludos.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
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21/Ago/07 12:31
Re: ISR E IVA

NO
 
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kyko
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21/Ago/07 12:45
Re: ISR E IVA

Art 15 LIVA. No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:
IV. Los de enseñanza que preste la Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios y sus organismos descentralizados, y los establecimientos de particulares que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, en los términos de la Ley General de Educación, así como los servicios educativos de nivel preescolar.

Art 143 LISR Cuando los ingresos a que se refiere este Capítulo se obtengan por pagos que efectúen las personas morales, éstas deberán retener como pago provisional el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los mismos, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes constancia de la retención; dichas retenciones deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 113 de esta Ley. El impuesto retenido en los términos de este párrafo podrá acreditarse contra el que resulte de conformidad con el segundo párrafo de este artículo.

Art 1 LIVA Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
II. Sean personas morales que:
a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.
 
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cermar
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21/Ago/07 14:48
Re: ISR E IVA

Hola kyko:

Me parece que tienes razon de que sea un servicio independiente, pero no es profesional. Esa persona no estaria dada de alta en el regimen de profesionistas independientes (regimen de honorarios) ofrece servicios de capacitacion educativa.

Asi que no se estarias por tu parte a realizar las retenciones correspondientes que dices que debe hacerse.

Por otra parte este tipo de servicios deben sujetarse a la siguiente legislacion:

Artículo 15 LIVA.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:

IV.- Los de enseñanza que preste la Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios y sus
organismos descentralizados, y los establecimientos de particulares que tengan autorización o
reconocimiento de validez oficial de estudios, en los términos de la Ley General de Educación,
así como los servicios educativos de nivel preescolar.

De no cumplirse con lo mencionado en esta fraccion debe gravarse a la tasa 15% por estos servicios
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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22/Ago/07 9:15
Re: ISR E IVA

Gracias Enrique pero porque no es un servicio profesional? y en que artículo puedo fundamentar para no solicitar la retencion de ISR e IVA
 
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kyko
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22/Ago/07 17:01
Re: ISR E IVA

Si los estudios que imparte tienen reconocimiento oficial

1 no causa el ISR ni IVA, por lo tanto no lo puedes retener


2 si no tiene reconocimiento tendrias que retenerle si el servicio fue personal
INDEPENDIENTE (no creo que la persona que expide el recibo de las clases) por lo tanto tampoco estarias obligado a retenerle

3 si no tiene reconocimiento y ademas el imparte el servico tienes la obligacion de retenerle

el fundamento lo tienes en los articulos que han posteado anteriormente

Saludos
 
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chavezlerin
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23/Ago/07 11:49
Re: ISR E IVA

Solo las escuelas tienen reconocimiento de validez oficial de estudios en los terminos de la Ley General de educación.

La persona fisica que presta servicios debe estar en el regimen Honorarios profesionales, por lo tanto debe retenerse ISR e IVA

Fui a un curso en el SAT y mencionaron que muchas PF se dar de alta en el regimen PF. act Empresariales, para que no les retengan y eso es un gran error ya que no realiza actos de comercio el que presta un servicio.
 
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tererom
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23/Ago/07 12:18
Re: ISR E IVA

Hola kyko:

Esa persona es algun Profesor (Maestro)=Servidor Profesionista Independiente???? si es asi pues seria un profesionista independiente y tendrias razon en tu opinion, e incluso asi deberia estar dado de alta esa persona, y todavia habria que ver si tiene permiso o este avalado ante la SEP para ofrecer este servicio con el fin de no retenerse.

De no ser asi, pues simplemente es una actividad empresarial ese tipo de servicio que desarrolla

¿Con cual actividad se dio de alta esta persona, me parece que esa deberia ser tu pregunta, pero con ella? y asi supongo que comprenderias el tema que expones
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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23/Ago/07 13:43
Re: ISR E IVA

ES UNA PERSONA FISICA DADA DE ALTA COMO ACTIVIDAD EMPRESARIAL, A DONDE ASISTI ES UN INSTITUTO, DE HECHO QUIEN IMPARTIO EL CURSO NO ES LA PERSONA QUE ME ESTA EXPIDIENDO LA FACTURA, PORQUE ME COMENTA QUE TIENE VARIOS EXPOSITORES.
 
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kyko
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