Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
20/Ago/07 11:51
COMO HACER DEDUCIBLES LAS COMPRAS CON FONACOT?

Buen día,

Un compañero de trabajo tiene el siguiente problema.

El es empleado y tiene un negocio, para remodelar su negocio sacó un credito fonacot y mediante este credito compró muebles para su negocio, cuando el pidió factura a la mublería esta solo le expidió una copia ya que el original segun ellos se queda FONACOT, el credito lo terminará de pagar casi en un año, hasta entonces lo puede deducir o como funciona esto?

Gracias por sus comenatrios.
 
Perfil

MEXTAX
Capitán Segundo

Mensajes: 555
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Ago/07 12:04
Re: COMO HACER DEDUCIBLES LAS COMPRAS CON FONACOT?

lo deduce igual que cualquier compra a credito, de acuerdo como lo vaya pagando lo deduce
 
saludos cp jose a mendoza p
 
Perfil

jamp
Cabo

Mensajes: 49
Ingresó: Agosto 17, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Ago/07 12:22
Re: COMO HACER DEDUCIBLES LAS COMPRAS CON FONACOT?

COMPAÑERO:

MI CRITERIO PARA EFECTOS DEL IVA, ES LA DE ACREDITAR LA PARTE PROPORCIONAL DE CADA MENSUALIDAD.

RESPECTO AL ISR, APLICARIA LA DEPRECIACIÓN DE LA INVERSION.

SALUDOS.
 
Perfil

jand_nava
Subteniente

Mensajes: 206
Ingresó: Mayo 20, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Ago/07 12:45

Difiero de lo expresado...

El interés del acreedor esta satisfecho, por tanto puede acreditar el total del IVA de la operación, la deducción para ISR al haber adquirido muebles
- supongo van a formar parte de su activo fijo - se deberá atender a los porcentajes de Ley, esto a reserva de conocer su regimen fiscal...

Lo expuesto es por lo siguiente, asumamos que el trabajador/empresario compro equipo de oficina en Offix SA de CV, es el acreedor, la forma de pago a dicho acreedor es mediante el otrogamiento de una línea de crédito a favor del trabajador por parte del FONACOT... el trabajador mensualmente va a estar pagado al FONACOT (de hecho lo hará en forma semanal o quincenal según sea su periodo de pago vía nómina)... pero el interés del acreedor a quedado satisfecho, por lo que para efectos de IVA podrá realizar el acreditamiento del total del IVA que se consigne en la operación...

En lo relativo al comprobante de la adquisición de los muebles, el proveedor del activo la va a entregar al FONACOT y este la entrega al trabajador una vez liquidado el adeudo, por lo regular en plazos de un mes posterior a la liquidación del adeudo... pero el trabajador va a tener en su poder al menos una copia fotostatica de la misma, en base a dicha copia debe realizar el registro contable de la operación...

Debe cuidarse en todo momento de que la factura que ampare la operación contenga el total de requisitos fiscales, haciendo íncapie en el RFC del que adquiere...

Dentro de las "aristas" que el caso presenta (dependiendo del monto de la compra) encontramos el que al ser una operación que se liquida vía préstamo, lo ideal sería que el FONACOT o acreedor que suministra los recursos le depositara al "empresario" a su cuenta y que este a su vez de dicha cuenta realizará el pago al proveedor del activo... pero el FONACOT no lo va a hacer, es más, no lo hizó... ello deja la sigueinte cuestión; si la operación es por un monto mayor a 2,000.00, ¿la considero deducible aún sin haber pagado mediante cheque nominativo?...

Saludos.
 
sos al sos
 
Perfil

sosgtorreon
Teniente Coronel

Mensajes: 2047
Ingresó: Mayo 24, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Ago/07 8:35
Re: COMO HACER DEDUCIBLES LAS COMPRAS CON FONACOT?

Creo que este una institucion de credito para [u:080acba28d]consumo[/b:080acba28d][/u:080acba28d] de los [u:080acba28d][b:080acba28d]trabajadores[/b:080acba28d][/u:080acba28d], no para compra de bienes de [u:080acba28d][b:080acba28d]capital[/b:080acba28d][/u:080acba28d] para [u:080acba28d][b:080acba28d]empresarios.[/u:080acba28d]. Aqui puede haber una contradiccion.
 
Jorge B.
 
Perfil

JABP
Teniente

Mensajes: 243
Ingresó: Enero 12, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Ago/07 10:24

La contradicción existe... pero si el FONACOT me otorga a mí trabajador un crédito para la compra de -digámos a modo de ejemplo- una cómputadora y yo la destino a ser utilizada en un despacho que este iniciando, nadie lo puede impedir... Dado que FONACOT no fiscaliza el uso de lo adquirido, si no tan solo vigila que el crédito se utilice en conceptos "aplicables", y en dicho caso una cómputadora califica en lo que FONACOT considerá "aplicable"...

Podríamos enumerar diversos supuestos, por citar otro, esposa trabajadora que cuenta con la posibilidad de acceder a crédito de FONACOT, mismo que decide gestionar para comprar llantas para automóvil, sólo que dicho auto no es de ella si no de su esposa que tiene un negocio (pongan el giro que deseen, en régimen general), el FONACOT no va a investigar si las llantas las va a utilizar o no la trabajadora, si el carro esta o no a su nombre, simplemente las llantas califican dentro de lo "aplicable" y se autoriza...

La cuestión sigue siendo, ¿puede el otro deducir en ISR y acreditar el IVA?.

La principal arista para ello a mi ver la sigue constituyendo la forma de pago al proveedor.

Saludos.
 
sos al sos
 
Perfil

sosgtorreon
Teniente Coronel

Mensajes: 2047
Ingresó: Mayo 24, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Ago/07 10:30
Re: COMO HACER DEDUCIBLES LAS COMPRAS CON FONACOT?

A pesar de todo, sigo pensando que JABP tiene razón puesto que el requisito para tener derecho a crédito FONACOT es que éste sea asalariado y que por lo tanto se compruebe que presta un servicio personal subordinado a un patrón.
 
Perfil

angelwish
Sargento Primero

Mensajes: 124
Ingresó: Febrero 09, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Ago/07 10:38
Re: COMO HACER DEDUCIBLES LAS COMPRAS CON FONACOT?

[quote:85d64d01e7="angelwish"]

A pesar de todo, sigo pensando que JABP tiene razón puesto que [color=green:85d64d01e7]el requisito para tener derecho a crédito FONACOT es que éste sea asalariado y que por lo tanto se compruebe que presta un servicio personal subordinado a un patrón.[/color:85d64d01e7][/b:85d64d01e7]

[/quote:85d64d01e7]


[quote:85d64d01e7="MEXTAX"]Buen día,

Un compañero de trabajo tiene el siguiente problema.

[b:85d64d01e7][color=green:85d64d01e7]El es empleado[/color:85d64d01e7][/b:85d64d01e7] y tiene un negocio, para remodelar su negocio [b:85d64d01e7][color=green:85d64d01e7]sacó un credito fonacot [/color:85d64d01e7]y mediante este credito compró muebles para su negocio, cuando el pidió factura a la mublería esta solo le expidió una copia ya que el original segun ellos se queda FONACOT, el credito lo terminará de pagar casi en un año, hasta entonces lo puede deducir o como funciona esto?

Gracias por sus comenatrios.[/quote:85d64d01e7]

Angelwish, si te fijas en lo que destaco en color distinto y negritas, podrás concluir que se cumple la condición de ser empleado...

El punto es que no se ha engañado al FONACOT para acceder al crédito, tampoco se ha engañado en lo que se compro, es sobre un producto que el FONACOT considera como "aplicable" en su otorgamiento de crédito. El punto es que no se le va a dar un uso, digamos "casero", si no "empresarial"... El punto es como deducir en ISR y acreditar en IVA...

Saludos.
 
sos al sos
 
Perfil

sosgtorreon
Teniente Coronel

Mensajes: 2047
Ingresó: Mayo 24, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1