17/Ago/07 15:23
dcastroricoh de ese tipo de errores no comenta RIVERA120
RIVERA120 Estarias seguro(a) de que deba darse de baja ese contribuyente. ¿Se dictamina la empresa para efectos de ISR? De ser asi, conforme al 27 LINFONAVIT debe inscribirse en el SICOP para entregar la informacion que solicita, puesto que habria un dictamen.
Si te dictaminarias para efectos del INFONAVIT, pues tambien habria que entregar, pero aqui no solo los anexos relativos al dictamen para efectos del ISR, si no los anexos relativos al dictamen del INFONAVIT.
Para ambas obligaciones se emplea el SICOP.
Si las dos situaciones no te aplican, pues definitiva se equivocaron en sacar el acceso al SICOP, no debe hacerse, pregunta en INFONAVIT como proceder.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?