10/Ago/07 15:32
Bunas Tardes
Haciendo el Acumulado para el llenado del Diot, explicitamente en Arrendamiento, Honorarios, Fletes, ect.., me surge la duda con la sig. operacion:
Rbo de Arrendamiento
Arrendamiento 1,000
Iva 150
Ret Isr 100
Ret Iva 100
Total 950
cuando iva acreditable es ?? 150?? ò 50??
la pregunta por aquello de el mismo iva que retengas, es el mismo que no es acreditable hasta el momento que enteras la retencion a el Fisco.
Por sus aportaciones Gracias
Atte
Juan
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josanlir1
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10/Ago/07 15:43
Re: Otra del Diot !!!
Hola
Es muy buena pregunta y se me hace que seria dificil de contestar por los de la SHCP o del SAT
Como no hay un renglon para enterar el pago del IVA retenido por esos valores considero que deba anotarse los valores concernientes al traslado del IVA, y si lo hubiera como podria indentificarse de a que proveedor le corresponderia.
Como esta es una obligacion distinta al pago o que genere cargas a los contribuyentes, no amerita un intepretacion estricta a si que podria aplicarse una intepretacion discrecional de tu parte y la autoridad tampoco ofrece su forma de llenado adecuado para con este tipo de operaciones, que estaria obligada a proporcionar la informacion que sea requeridad por el contribuyente sin costo alguno
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
General de División
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10/Ago/07 18:10
Re: Otra del Diot !!!
Debes declara como valor de los actos $1,000.00 y en IVA trasladado al contribuyente la cantidad de $150.00; obviamente el IVA determinado en tu cedula no sería el mismo que el acreditado, pero recuerda que la informativa no es de IVA sino de proveedores, ya en tu cedula lo harás cuadrar para verificar que estés declarando lo correco; Te digo esto después de haber consultado yo la misma duda ante los asesores del propio SAT.
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gtr920323kn3
Cabo
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11/Ago/07 10:05
Re: Otra del Diot !!!
Ok Gracias por sus comentarios
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josanlir1
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13/Ago/07 11:33
Re: Otra del Diot !!!
El DIOT solo pide el IVA que te trasladan...sea acreditable totalmente o no...es decir, TRASLADADO AL CONTRIBUYENTE PAGADO....por lo que no necesariamente debe cuadrarte con el IVA acreditable....como un caso el ejemplo que plasmas....otro sería el de inversiones parcialmente deducibles, etc etc etc....
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BR1
Coronel
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13/Ago/07 12:42
Re: Otra del Diot !!!
asi es, tienen toda la razon los colegas, solo que el SAT se complica la vida y es de esperarse ya que los asesores solo saben todo de teoria y nada de practica.
asi que en mi opinio uno debe hacer el analisis y cuando se tenga enfrentar con fundamentos a los idiot.....asss del sat, claro no mtodos lo son hay buenos tambien.
esta mal que hablemos de manera despectiva pero debe haber calidad en la autoridad y nos falta mucho la vdd y de una u otra forma te desahogas ademas quien pondra el pero... jajaj
cj
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cjlopezasesoria
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