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08/Ago/07 14:00
LIASTAS DE RAYA PARA NOMINAS

Si alguien me puede ayudar en lo siguiente se los agradeceria:

Es en relacion de llevar listas de raya o de asistencia como lo marca el art. 15 fraccion ii de la ley de seguro social y art. 9 del reglamento de afiliacion,clsificacion y recaudacion de la ley del seguro social.

Mi duda es si esas listas necesariamente tiene que estar firmadas por cada uno de los trabajadores tanto en la salida como en la entrada o solo el patron puede anotar las horas de entrada o salida.

Esta duda es porque no encuantro fundamentacion alguna que me indique que si debe llevar la firma.

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EZR
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08/Ago/07 18:38
Re: LIASTAS DE RAYA PARA NOMINAS

Hola:

No hay fundamentacion al respecto, de que deban contener las firmas, si cuenta una tarjeta de nomina y recibos de nominas personalizadas y avaladas con su firma, seria una ratificacion del trabajador sobre cada movimiento acentado en esos documentos, si los firmara seria un testimonio de aprobacion, ¿quien firma en desaprobacion? a menos que indique al calce su inconformidad y que lo firma con protesta. De cualquier modo legitimaria el documento con su salvedad correspondiente.

Vamos a ver ¿como se probaria que el empleado mismo, llega a checar su tarjeta? sin que otra persona la manipule y deje una seña caracteristica casi infalsificable y que sea propia de esa persona.

Si no de deja constar en los recibos de nominas y las tarjetas de asistencia y puntualidad esa caracteristica, entonces cualquiera podria hacer los recibos de nominas y mostrarlos como genuinos. Al notarse que se carece de esa caracteristica los documentos podrian no tener entonces la calidad debida para efectos laborales, fiscales u otro asunto, pues serian desacreditados facilmente.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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08/Ago/07 19:38
Re: LIASTAS DE RAYA PARA NOMINAS

:| Buenas tardes. Cualquier documento laboral es conveniente que esté firmado por el trabajador, como de conformida por la información que ahi se presenta. La lista de raya sería fenomenal que incluyera la hora de entrada y salida diaria a labores. Ahora bien, lo que Ud señala como fundamento habla de las listas de raya, NO de las de asistencia. Al imss no le interesa ese control patronal. No se confunda.

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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13/Ago/07 11:31
Re: LISTAS DE RAYA PARA NOMINAS

GRACIAS PEPESOTO FUE DE GRAN AYUDA TU COMENTARIO, PUES EFECTIVAMENTE ESTABA CONFUNDIDO CON LAS LISTAS DE RAYA O NOMINAS Y EL CONTROL DE ASISTENCIA.
 

 
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EZR
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14/Ago/07 14:29
Re: LIASTAS DE RAYA PARA NOMINAS

Hola:

La lista de asistencia serviria para fundamentar el ausentimo que se aplicaria en los pagos del SUA. ¿De que otra forma devirtuaria un requerimiento de pago por ausentimo inapropiado, segun el IMSS mal determinado por el patron? ¿O simplemente el IMSS requiere la prueba de ausentismo?

El control del horario de trabajo, corroboraria los tiempos normales y el tiempo extra, que deberian ser congruentes con la LFT y el contrato de trabajo.

¿Le competeria al IMSS ese control? Claro que si.... para verificar las correctas integraciones salariales..... ¿como que no le compete el control patronal???? En horarios normales y los extras.

En caso de otogarse premios por puntualidad, mas estricto debe motrarse el control patronal, por que deberia AUTODETERMINARSE con relacion a esta prestacion o remuneracion segun se trate. Ahi debe manifestarse cuando menos el horario de entrada y indicarse en el contrato laboral el horario de entrada, para poderse verificarse si se es acreedor a ese premio algun trabajador determinado.

El control patronal..... serviria AL PATRON, al EMPLEADO O TRABAJADOR, PARA UNA DESAVENENCIA LABORAL (JCyA) o (ST), O PARA UNA FISCALIZACION DEL IMSS (o cualquier otra autoridad fiscal INFONAVIT, SHCP hasta para en ocasiones para fines CIVILES)..... Todo por el mismo paquete y precio.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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14/Ago/07 19:54
Re: LIASTAS DE RAYA PARA NOMINAS

:idea: Buenas noches. Tiene toda la razón del mundo Enrique. En la práctica, algunos auditores del imss no saben cómo "amarrar" la prestacion de la puntualidad. Unicamente se fijan en que no rebase el 10%. Mal x ellos, pero no x eso nos vamos a confiar y a no establecer el control mencionado por Enrique, adicionado por el reglamento para el otorgamiento de dicha prestación.


Salut,
El Lic.
 
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pepesoto
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15/Ago/07 11:25

Como comentan nuestros compañeros Lic. Pepe Soto y Enrique...

En nuestro país, nos falta cultura en este aspecto laboral... seran contadas las empresas que invierten por un buen control en el pago de la nomina y en el otorgamiento y cumplimiento de las prestaciones...

La mayoria se basan en dar "prestaciones" disfrazadas por decir asi... y un supuesto control mediocre...

Como Comenta Lic. Pepe Soto, Algunos auditores del IMSS no saben como "amarrar" las prestaciones de puntualidad o de asistencia simplemente se fijan el lo que en el articulo 27 LSS contempla....

Como comentan en una televisora:
"EN EL PAIS QUE NO PASA NADA"

Saludos....
 
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jleeglz
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